Designación jueces de la Corte

El decreto no avanza sobre el Consejo

21/04/2009
E

l secretario Legal y Técnico del Gobierno, Eduardo Olivero, descartó que el decreto que estableció un mecanismo de participación social como paso previo a la designación de los candidatos propuestos por el Consejo de la Magistratura como ministros de la Corte pueda constituir un avance del Poder Ejecutivo sobre atribuciones propias del órgano responsable de la selección y remoción de magistrados.
Para sustentar su postura, diferenció entre quienes "tienen la atribución constitucional de efectuar las propuestas y quienes tienen la facultad de designar a los candidatos".
En tal sentido, apuntó que "la primera atribución la tiene el Consejo de Magistratura, que es quien eleva una propuesta; y el Poder Ejecutivo tiene la atribución constitucional, exclusiva y excluyente, de proceder a nombrar o no al seleccionado", por lo que aseguró que "independientemente de este decreto, el Ejecutivo también podría rechazar una propuesta en base al esquema constitucional actual".
Por ello, precisó que la norma en cuestión, el decreto 723/09, en realidad constituye una autolimitación de esa atribución constitucional del Poder Ejecutivo, al plantear otros "requisitos previos a la designación del candidato seleccionado, y expresar su voluntad de atender las observaciones de los miembros de la sociedad civil al candidato que fuera propuesto".
Defendió la postura adoptada en el hecho de que "el juez que se designe debe tener legitimación social", razón por la cual "lo que se evalúa no es sólo la cuestión técnica, sino también el parecer de la propia sociedad civil, que tiene derecho a opinar sobre aquellos que van a definir sobre su vida y su propiedad".
Aseguró que lo que se busca con el procedimiento implementado "es tener un marco de participación de la propia sociedad civil, de las organizaciones no gubernamentales, asociación de profesionales, académicas sobre todo, la ciudadanía en general", que también permita "comprobar determinados contenidos que son relevantes para el cargo que hoy está en debate, y que tienen que ver con la integridad y la idoneidad moral, los compromisos que tengan con el orden constitucional, los derechos humanos y los valores democráticos, de los candidatos".
De todas maneras, dejó entrever que la norma en cuestión viene a tratar de cubrir las "falencias" que presenta el sistema de selección en vigencia. "Nadie debe ignorar que el sistema que se aplica actualmente es preponderantemente político" toda vez que "no existe orden de mérito, y cuando el Consejo de la Magistratura elige un juez depende del juicio íntimo de cada consejero, no de una comprobación objetiva de antecedentes", apuntó.
Por tal razón, afirmó que hay todavía pendiente "un debate social en torno a la calidad del propio sistema selección de magistrados en nuestra Provincia". Sostuvo además que para avanzar en tal sentido "hay dos instancias: la posibilidad de reformarlo por ley o que el Consejo de la Magistratura modifique su reglamento interno".

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