Disputa por el encuadre laboral de los empleados de los centros invernales

Para el CECU, corresponden al CCT de comercio

23/06/2010
S
obre esta situación, el secretario General del CECU, Pablo García, argumentó que el personal que se desempeña en los centros invernales se encuadra dentro del Convenio Colectivo de Trabajo mercantil, con la particularidad de que al tener este gremio la personería gremial, se puede adaptar a lo que dice el CCT original.
En tal sentido, expresó que "el convenio que maneja todos los trabajadores del país es muy genérico y en consecuencia ante la eventualidad de que hubiera alguna prestación de servicio que no está netamente especificada, nosotros por la personería gremial podemos encuadrar o hacer de ese trabajo una retribución económica que corresponda". Además refirió que la personería gremial de UTEDYC, es a nivel país y la del CECU a nivel zonal por lo tanto "no solo prevalece la nuestra, sino que el CCT nuestro también porque es una actividad comercial la de los centros invernales".
En este punto explicó que "una actividad deportiva es un club que da a sus asociados distintas actividades deportivas, es este caso la gente que quiere practicar esquí paga para ingresar al Cerro, practica y se va, es muy distinto el encuadramiento".
En cuanto al reclamo de la gente de UTEDYC, el dirigente mercantil señaló que "ellos entienden que al ser una actividad deportiva, cae en su Convenio, pero no es un club" y sostuvo que "de todas maneras yo quiero dejar en claro que creo que me corresponde encuadrarlo dentro de comercio y ellos entienden que es bajo su convenio, por lo tanto tenemos que ir al lugar que dirima esta cuestión que es el Ministerio de Trabajo de Nación, de tal forma que se determine quien tiene la razón y a partir de eso automáticamente los trabajadores pasan a estar encuadrados dónde disponga la cartera laboral".
Asimismo, indicó García que "si el Ministerio de Trabajo saca una resolución de cuál es el encuadre que corresponde, esto se toma como ley, por eso nosotros no tenemos inconveniente de acudir a este ámbito y solucionar el problema. No obstante, creo que lo que no se debe hacer es presionar a las empresas ni a los trabajadores que determinar donde encuadrarlos, eso es una equivocación que me tomo el atrevimiento de decirlo porque además ya se lo dije a la gente de UTEDYC, no es la empresa quien determina cual es el CCT, porque si así fuera el día de mañana van al convenio con escala salarial más baja y listo".
Finalmente, comentó que "hemos reforzado con un anexo el CCT en el cual las responsabilidades de los trabajadores están encuadradas para que tengan un resarcimiento económico".

Aumento salarial del 27% para los empleados de comercio

Con respecto al incremento salarial otorgado a los trabajadores de comercio de todo el país, Pablo García informó que dicho aumento es "acumulativo al salario básico y a todos los acuerdos zonales, esto quiere decir que al ser acumulativo en el caso nuestro donde tenemos el 80% de zona, y otros ítems más que hicimos con las empresas, el acuerdo es mucho más" y observó que "el mismo es de un 15% retroactivo al 1 de mayo, luego un 7% a partir del mes de septiembre y el 5% restante en diciembre de este año".
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