Grandes predios fiscales ocupados ilegalmente

El Gobierno comienza desalojo en la Ruta “J”

30/09/2010
E
l Gobierno de Tierra del Fuego concluyó ayer con la etapa de intimación a cada uno de los casi sesenta ocupantes ilegales de predios ubicados en ambas márgenes de la ruta provincial J –entre Rancho Hambre y Almanza–, como gestión previa al proceso judicial de desalojo.
La acción realizada por la Secretaría de Ingresos Públicos y Coordinación Fiscal, a cargo del doctor Cristian Durrieu, garantiza el dominio de la propiedad de la tierra en favor del Estado provincial y dará intervención a la Fiscalía de Estado para que sustancie las demandas de desalojo ante la Justicia civil.
La intimación a los ocupantes se ajusta a lo establecido en el decreto 551, y en las leyes provinciales 313, 341 y sus decretos reglamentarios, de indicó desde Gobierno. Norma esta última que establece en su artículo 28 que “el Estado Provincial podrá recuperar las tierras fiscales en el caso de hallarse éstas ocupadas por intrusos, ocupantes con contratos vencidos o rescindidos o adjudicatarios con resolución de desadjudicación firme. A tal fin deberá interponer demanda judicial, la que se ajustará al procedimiento establecido en los siguientes artículos”.
El artículo 29 de la misma dispone que “con carácter previo a la interposición de la demanda, se deberá intimar en forma fehaciente a los ocupantes para que restituyan el inmueble, libre de toda ocupación y bienes de su propiedad, otorgándoles para ello un plazo de cinco (5) días corridos, contados desde el día siguiente a la notificación. Vencido dicho plazo sin que se haya cumplimentado la desocupación, quedará habilitada la vía judicial sin necesidad de ningún otro trámite previo”.
Durrieu aclaró que en ningún caso “hablamos de ocupaciones para vivienda unifamiliar, ni estamos desalojando a una familia con hijos. Son ocupantes VIP, supuestos emprendimientos con edificaciones con cierto grado de precariedad montados sobre bienes que son públicos”, explicó.
El funcionario advirtió que dichos terrenos “no se pueden enajenar de ningún modo aunque hay gente que piensa que con ocupar un predio y hacer un edificio adquiere algún tipo de derecho, pero esto no es así”, enfatizó.
Así lo establece el decreto provincial 551 del año 2002, que establece el Código de Zonificación, Condiciones y Restricciones de uso del Valle Medio del Río Lasifashaj.
El Estado no indemnizará a los ocupantes en caso de que cada juicio de desalojo tenga fallo favorable de la Justicia. “Por el contrario, si son ocupaciones ilegítimas vamos a retirar las mejoras a costa del ocupante”, adelantó el funcionario.
Para ello, la Secretaría de Ingresos Públicos ya trabaja en el llamado a una licitación pública para adquirir los servicios de un tercero que se ocupe del desarme y almacenamiento en un depósito las mejoras incautadas.
“Un fallo en favor de los intereses del Estado de parte de la Justicia nos compete a desarmar y a guardar en depósito a costa del ocupante ilegítimo”, señaló Durrieu, quien estimó que ante estos casos la Provincia “deberá adelantar el pago del desarme al adjudicatario del servicio y luego lo recuperará a costa del ocupante”.
El proceso de desalojo se podría interrumpir en caso de que los ocupantes retiren las mejoras por cuenta propia y abandonen el predio. Aunque Durrieu admitió que esos casos “no son los que ocurren normalmente”.

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