Prisión perpetua por el crimen del barrio Los Morros
Condenaron al único imputado del caso ocurrido en 2013

Prisión perpetua por el crimen del barrio Los Morros

27/02/2014
E
l Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia condenó ayer a la pena de prisión perpetua al hombre acusado de cometer el crimen de una mujer en el barrio Los Morros, en abril del año pasado.
Fernando Orlando Luque, de 41 años, fue hallado culpable de “homicidio criminis causae”, una figura agravada por el hecho de haber cometido un robo y haber matado a la víctima para evitar que lo delatara.
La Justicia dio por demostrado que Luque ingresó por una ventana a la vivienda de la calle Los Cormoranes 105 y luego de una persecución previa y un forcejeo, terminó ahorcando a Rosa Amalia Parra Garcés, de 57 años, con un cable y un trozo de cinturón.
La condena coincidió con la solicitud que había realizado con anterioridad la fiscal Marcela Bragulat, durante la etapa de alegatos, oportunidad en que la defensa requirió la absolución por el beneficio de la duda o la aplicación de una condena más benévola.
Los jueces Maximiliano García Arpón, Jorge Magraner y Alejandro Pagano Zavalía leyeron el veredicto pasadas las 15 de ayer en la sala de audiencias de Tribunales. Por la mañana habían tenido lugar los alegatos de las partes y la última posibilidad del acusado de dirigirse al tribunal.
Luque, vestido con una campera deportiva de color celeste, no había declarado durante el juicio que comenzó el martes 25 y tuvo un trámite veloz por la masiva incorporación de testimonios por lectura.
El acusado tampoco habló ayer ante los magistrados, y soportó la condena sin inmutarse.

Teoría del juicio laboral

La fiscal Bragulat desarrolló en su alegato de la víspera cómo se habrían sucedido los hechos que terminaron con el homicidio y cuáles habrían sido los motivos del autor para actuar de esa manera.
Según detalló en una extensa exposición de algo más de una hora, Luque atravesaba una situación económica delicada por una deuda con una empresa financiera, en el momento en que la víctima le pidió que saliera de testigo en su favor en un juicio laboral por despido.
El hombre conocía a Parra Garcés porque había trabajado para la empresa donde la mujer realizaba tareas de limpieza.
Según la hipótesis de la Fiscalía, a cambio de atestiguar a su favor en el juicio, la víctima le habría prometido al sospechoso una gratificación económica que resolvía sus problemas financieros inmediatos.
Sin embargo, cuando Luque se presentó a declarar en ese proceso judicial, el abogado le hizo notar que no podía hacerlo porque no había sido propuesto con anterioridad dentro de la causa.
A partir de entonces, el sujeto habría comenzado a amenazar a la mujer para que le pagara la gratificación, con el argumento de que él había cumplido con su parte al presentarse a declarar, aunque no hubiera podido hacerlo.
Las pruebas contra Luque eran múltiples: se halló su ADN en una campera de cuero negra encontrada en la escena del crimen y en el cinturón usado como arma homicida; aparecieron huellas dactilares suyas dentro de la casa igual que huellas de su calzado y cuando lo detuvieron en Río Gallegos, dos días después del hecho, tenía heridas en la piel compatibles con la defensa que ejerció la víctima.
Además, tres testigos vieron a un hombre de su contextura forcejear con la mujer en el momento en que ésta había logrado escapar hasta la puerta de su casa, y una computadora perteneciente a Parra Garcés, así como cables y el alimentador de la cámara de seguridad instalada en la vivienda del barrio Los Morros, fueron secuestrados por la Policía en el domicilio de Luque en el barrio Obrero.
Según Bragulat, el hombre acudió a la casa para cometer un robo, pero también sabía que debía “eliminar a su víctima para obtener impunidad”.
Por otra parte, durante el juicio trascendió que Luque ya poseía antecedentes penales y una causa en la que había sido condenado con anterioridad.
En tanto, la defensa pública intentó desviar la atención de los jueces hacia la presunta falta de fiabilidad de las pericias y de los testimonios, algo que a juzgar por el veredicto de ningún modo conmovió la postura de los magistrados.
Tampoco prosperó la intención defensista de encuadrar el hecho como un homicidio simple, por la falta de evidencias que según se señaló tenía el móvil de robo.
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