Buscan establecer por ley el control de la población canina
Proyecto de Ley

Buscan establecer por ley el control de la población canina

El legislador de la UCR, Oscar Rubinos. presentó un proyecto de ley en la Legislatura que crea el Programa de Control de Poblaciones Caninas. De sancionarse, la ley se aplicará a perros de compañía, de trabajo así como a los perros asilvestrados de todo el territorio provincial. La autoridad de aplicación sería el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia.
20/10/2016
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l legislador Oscar Rubinos presentó ayer el proyecto de ley de Creación del Programa de Control de Poblaciones Caninas con el propósito de mitigar los efectos contraproducentes que los perros asilvestrados provocan en el ganado ovino en las zonas rurales.
Este Proyecto tiene como fin dar las herramientas necesarias al Poder Ejecutivo para contener la emergencia socio ambiental en la Provincia debido a la situación generada por los perros sueltos y asilvestrados.
Durante el año 2015 el CADIC CONICET  hizo público un estudio en el que demuestra como los perros sueltos en las ciudades y asilvestrados de Tierra del Fuego tienen una incidencia muy negativa en la Salud Pública, en la Economía, en el Desarrollo Productivo Local y en el Turismo.
El impacto del perro asilvestrado en las actividades productivas incluye a la producción animal tradicional y al turismo. La cría de ovino en la Provincia incluso podría volverse una actividad marginal si consideramos que durante el 2006 al 2008 se perdieron 33.000 cabezas ovinas y unas 78 toneladas de lana por este motivo.
El perro asilvestrado representa una amenaza para el desarrollo del turismo porque atenta contra la seguridad de los turistas que transitan e impacta en la biodiversidad nativa porque tiene un comportamiento predatorio con las aves que anidan en el suelo, sus huevos y pichones, así como con el guanaco y otras especies de la fauna autóctona.
El Proyecto presentado por Rubinos se basa en una estrategia con tres elementos indivisibles para la contención de las poblaciones caninas en la Provincia: la prohibición de la eutanasia, la práctica de la esterilización quirúrgica intensiva, y la implementación de un empadronamiento de animales de compañía.
Para cumplir con estos objetivos se crea un Fondo de Emergencia Socioambiental, se delega el control al Poder Ejecutivo de todo programa y acción destinada a la tenencia responsable, y se establecen una serie de indicadores con el objeto de establecer el impacto real de las medidas que se llevan adelante en la Provincia y los Municipios para contener la situación de los perros sueltos y asilvestrados.
Los indicadores previstos permitirán al Poder Ejecutivo monitorear el problema con datos físicos como la cuantificación de Perros sueltos en las calles, cantidad de Perros esterilizados quirúrgicamente, o cantidad de Perros entregados en adopción entre otros y de este modo verificar el grado de avance en el manejo del problema.
También en la norma se prevé la creación de un “Sistema de Denuncia de Avistajes de Perros Sueltos” que podrá recibir a través de llamada gratuita la denuncia de perros sueltos en la zona rural.
El artículo 1 declara en todo el Territorio Provincial al perro asilvestrado “Especie Exótica Invasora”. En tanto que el artículo 2 crea el Programa de Control de Poblaciones Caninas, aplicándose a perros de compañía, de trabajo así como a los perros asilvestrados de todo el territorio provincial; siendo la autoridad de aplicación el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia o quien en un fututo lo reemplace.

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