Actuación de defensores públicos en causa penales

Piden audiencia a jueces del Superior Tribunal por cobro de honorarios a mujeres vulnerables

Fueron acusadas de abortos consentidos, las juzgaron y las absolvieron. Como en su defensa intervinieron defensores públicos, la Justicia las intimó al pago de honorarios en forma de tasa de justicia. La organización feminista La Hoguera pidió que las reciban los miembros del STJ para analizar este y otros casos donde se “revictimiza a las mujeres”, dijeron.
06/07/2017
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a organización feminista La Hoguera, que se define como un colectivo social que trabaja en la reflexión, sensibilización y difusión de las diferentes problemáticas de género desde el 8 de marzo de 2015, les pidió una audiencia a los miembros del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia (STJ) para analizar el caso de dos mujeres que luego de haber sido juzgadas y absueltas por el presunto delito de “aborto consentido”, fueron intimadas a pagar honorarios derivados de la intervención de defensores públicos en las distintas etapas del procedimiento judicial.
La situación es llamativa porque aunque cualquier acusado de un delito penal tiene derecho a que el Estado le provea un abogado, si es que no puede pagar uno particular, una vez concluido el juicio, el tribunal oral regula honorarios para las partes, incluida la defensoría pública.
En ese caso, el dinero no es percibido por los defensores (que cobran un sueldo del propio Poder Judicial) sino que se aporta en forma de tasa para ser destinado a los diferentes gastos del servicio de Justicia.
El dato que llama la atención es que los honorarios se pagan incluso cuando una persona es absuelta, y con independencia de la situación social o económica de la persona.
La Hoguera plantea, en la nota dirigida a los jueces de la Corte Provincial, que acompañaron a “dos mujeres jóvenes vulnerables que estaban siendo acusadas de aborto consentido”, asumiendo su defensa “durante la etapa de criminalización”.
La organización sostiene que para ello desplegó “múltiples acciones”, pero fundamentalmente, “conseguimos que abogados de la matrícula asumieran su defensa técnica”.
De esta forma se presentaron “amicus curae” (escritos judiciales con opiniones de expertos) procedentes de organizaciones prestigiosas  y  defensoras de los derechos humanos, como el “Centro de Estudios Legales y Sociales” (CELS) “Católicas por el derechos a decidir”, “Amnistía Internacional”, “Equipo Latinoamericano de Justicia y Género” y la “Asociación de Pensamiento Penal”.
En la faz pública, los casos fueron presentados en el “Encuentro Nacional de Mujeres” realizado en Mar del Plata en 2015, y como parte de la “Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito”.
Por su parte en la esfera judicial, los abogados requirieron la absolución de ambas acusadas, por tratarse, en un caso, de un “aborto no punible”,  y en el otro por haberse producido “numerosas nulidades  de procedimiento”.
Finalmente, y después de un procedimiento de 5 años, el Tribunal Oral dictó sentencias absolutorias en las dos causas.
Sin embargo, la ONG reveló que como antes de los abogados particulares, habían intervenido defensores oficiales, una de las mujeres recibió “una cedula de la prosecretaria de la Oficina de Tasas de Justicia del Superior Tribunal, intimándola a pagar $7500 en concepto de honorarios del Ministerio Público de la Defensa con más intereses hasta su efectivo pago”. E incluso mencionando que “se iniciará la ejecución de la sentencia, trabando medida cautelares sobre sus bienes”.
La Hoguera manifestó que esa intimación generó “sorpresa, preocupación y angustia en las mujeres, que habían entendido que esas defensas no tenían costo alguno”.
“Se encuentra probada la situación de vulnerabilidad social de ambas imputadas y la evidente falta de recursos para afrontar los gastos casuísticos. Se trata de una mujer vulnerable, víctima de violencia de género, pobre y jefa de hogar”, describió la organización.
Por ello, la entidad consideró que el intento de cobro de honorarios por parte de la Justicia “representa un caso de suma gravedad institucional, que de no repararse podría constituirse como violencia institucional hacia las mujeres”.
A su vez, constituye “una revictimización”, asevera la ONG, porque  “el Estado que abandonó a estas mujeres, las juzgó y las absolvió es el  mismo que ahora pretende cobrarles”.
“El acceso a la justicia goza de protección constitucional, y convencional, y en particular ser asistido a una defensa pública de manera gratuita”, argumenta también el escrito al que accedió EDFM.
Por todo ello, los miembros de La Hoguera pidieron ser recibidos “en audiencia” por parte de los jueces del Superior Tribunal, de manera de poder tratar este asunto y “otras cuestiones relativas a obstáculos para acceder a la justicia, que poseen mujeres vulnerables y por cuestiones de género”, requirieron las activistas en la nota dirigida a los magistrados provinciales.

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