La empresa fantasma que operó durante el manfredottismo

Escándalo Glisud: el Superior Tribunal rechazó planteos y exhortó a realizar el juicio “lo antes posible”

Directivos de la compañía y funcionarios de la época están acusados de participar de una maniobra para quedarse con propiedades del Fondo Residual del BTF. Pero el caso lleva 14 años de dilaciones y tenía pendientes dos recursos de casación por cuestiones procesales. El STJ rechazó los planteos formulados por la defensa del presidente de la empresa Enrique Pinto, y ordenó realizar el juicio “en el menor tiempo posible”.
20/07/2017
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l Superior Tribunal de Justicia de la provincia rechazó varios planteos realizados por la defensa de Enrique Rolando Pinto, el presidente de la empresa Glisud SA, y exhortó al Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia a que “en el menor tiempo posible” le ponga fecha al juicio oral contra los directivos de esa compañía fantasma y funcionarios acusados de administración fraudulenta, a raíz de una maniobra para quedarse con propiedades del Fondo Residual del Banco de Tierra del Fuego cometida durante la gestión del ex gobernador Carlos Manfredotti.
De esta forma, el máximo órgano judicial de la provincia destrabó la resolución de uno de los casos de corrupción más emblemáticos de la historia de la provincia que iba camino a quedar impune si continuaban sucediéndose distintas dilaciones.
Junto a Pinto ya fueron procesados en doble instancia el ex presidente del Fondo Residual, Gustavo García Casanovas, el ex secretario del organismo, Néstor Sierra, y los ex apoderados de Glisud Francisco Grondona y Graciela D´adamo.
Pinto fue empleado de planta política durante los cuatro años de la gestión manfredottista, y asesor del ex vicegobernador Daniel Gallo en la Cámara de Diputados de la Nación, mientras que D´adamo también fue asesora de Gallo en la Legislatura.
El juicio iba a realizarse el 21 de septiembre del año pasado, después de innumerables vaivenes judiciales, pero fue suspendido a partir de un fallo del mismo Superior Tribunal que constató un “error” en el proceso de notificación de los imputados.
A su vez, la defensa de Pinto planteó dos nuevos recursos de casación, uno contra una resolución del Tribunal Oral que rechazó un pedido de recusación de los jueces Alejandro Pagano Zavalía y Maximiliano García Arpón, y otro contra una decisión del tribunal que también rechazó varios planteos de nulidad, entre ellos por una supuesta vulneración del derecho a la defensa.
Sobre estos dos últimos recursos se pronunciaron ahora los jueces de la Corte Gonzalo Sagastume, María del Carmen Battaini y Javier Muchnik, quienes en un fallo fechado el 7 de julio (y que trascendió en la víspera) resolvieron rechazar el primer recurso de casación y declarar inadmisible el segundo.
Además, decidieron “exhortar” a los jueces del Tribunal Oral para que, una vez devuelto el expediente, “reanude su tramitación a fin de producir la audiencia de debate y dictar sentencia en el menor tiempo posible”, indica la resolución a la que accedió EDFM.
Sobre la recusación a los miembros del Tribunal Oral, los integrantes del STJ consideraron que el rechazo a ese pedido “había sido fundado de manera suficiente”.
Es que la defensa de Pinto, ejercida por el abogado Diego Cruz Estevanera, había planteado que el juez García Arpón no podía seguir interviniendo en el caso por haber actuado como secretario en la etapa de instrucción de la causa, mientras que también acusó a García Arpón y Pagano Zavalía de haber “anticipado opinión” al decidir en contra de un planteo de prescripción de la causa.
Para los jueces de la Corte, ninguno de esos cuestionamientos tienen asidero, como tampoco los vinculados con una supuesta vulneración del derecho de defensa, a los que consideraron que no eran instancia definitivas y por lo tanto susceptibles de ser tratadas mediante un recurso de casación.
“La labor jurisdiccional llevada a cabo por los magistrados intervinientes no se aprecia reñida con la garantía de imparcialidad”, concluyeron los jueces del Superior Tribunal de Justicia.
Glisud es la empresa fundada por dos ancianas indigentes y cuya sede supo ser un prostíbulo de Buenos Aires.
Hasta el momento, la Justicia demostró “prima facie” que la compañía se presentó como oferente en el concurso público organizado por el Fondo Residual el anteúltimo día de 2002, y se quedó con tres créditos del organismo respaldados por garantías hipotecarias.
Glisud pagó por la cesión de los derechos sobre esos préstamos, con 1,4 millones de bonos defaulteados tomados a valor nominal, desechando otra oferta en efectivo y “perjudicando así al Estado provincial”, según puede leerse en la acusación fiscal.
Además, el concurso estuvo repleto de irregularidades. No se fijó una base, no se le notificó a los dueños de las propiedades y Glisud no realizó el depósito de garantía del 10 % de la oferta.
Sin embargo, la principal sospecha es que la oferta presentada por D´adamo (en nombre de Glisud) era falsa, tanto en su firma como en el número de su documento, por lo que de allí se desprendió que habría sido confeccionada en las oficinas del propio Fondo Residual.
Una causa judicial paralela investiga el origen de los fondos utilizados por Glisud para comprar los créditos del Residual, bajo la hipótesis de un supuesto lavado de activos.
Hasta el momento, ninguno de los planteos presentados por la defensa de los acusados apunta a contradecir los hechos que la justicia de instrucción tuvo por corroborados, sino que se focalizan en aspectos procesales y en “intentar dilatar o impedir la realización del juicio”, según afirmó el comerciante Abel Zanarello, querellante y damnificado por la presunta maniobra defraudatoria.

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