Fallo del fuero Federal

Justicia ratificó la condena por tala ilegal en Tierra del Fuego

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena contra tres hombres que el año pasado fueron condenados en Ushuaia por la tala de bosque en el Parque Nacional Tierra del Fuego. Desde la administración de parques consideraron “ejemplificadora” la condena en lo concerniente al deber de cuidado y conservación del ambiente (Principio Pro Natura). Es la primera vez que se condena un desmonte de estas características en un Parque Nacional.
31/08/2017
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a Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó ayer el recurso de casación interpuesto por la defensa de los condenados en el caso de tala ilegal en jurisdicción del Parque Nacional Tierra del Fuego a penas de prisión por los delitos de “daño agravado y usurpación”.
A principios de septiembre de 2016, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur condenó a los tres imputados en el caso. Concretamente se condenó a la pena de un año y tres meses de prisión en suspenso más las costas del proceso, al ingeniero civil Ricardo Bianciotto, responsable técnico de la apertura de una senda de 2202 metros de longitud, destinada a un proyecto turístico, que se introdujo tres veces en el área natural protegida y violentó los mojones que lo delimitan.
También se le aplicó la misma pena al agrimensor Horacio Burgos, y un año de prisión en suspenso al maestro mayor de obras Orlando Rubén Mansilla Ruiz.
El veredicto dictado tras la Audiencia de Debate y Juicio determinó una condena ejemplificadora en cuanto al deber de cuidado y conservación del ambiente. La pena tiene una finalidad de prevención tanto general, al enviar un mensaje a la sociedad para que sepa que conductas como las llevadas a cabo por los autores son ilegales, como especial, orientada a educar a los sujetos que delinquieron para que no vuelvan a hacerlo.
De esta manera, la Justicia ratificó que se trató de un desmonte ilegal en jurisdicción de Parques Nacionales. Se trata, además, de la primera vez que se condena una tala de estas características en un área protegida nacional.

Los antecedentes del caso

Entre abril y junio de 2005, empleados de la empresa Patagonia Spirit ingresaron sin autorización, en forma clandestina y con violencia al Parque Nacional Tierra del Fuego, removiendo los mojones que demarcaban el límite del área protegida y talando 216 árboles para la apertura de una senda de acceso desde la Ruta Nacional N° 3 hacia la Bahía San José.
El informe de peritaje realizado por la Dirección de Bosques en septiembre de ese mismo año reconoció tres sectores en los que la picada penetró en el Parque mediante el corte de ejemplares de lenga (Nothofagus pumilio) y guindo (Nothofagus betuloides), tanto adultos como jóvenes. A su vez, estableció que de los aproximadamente 2200 metros de longitud total de la picada, cerca de 380 metros tuvieron lugar en jurisdicción de Parques Nacionales.
Después de más de 10 años de proceso judicial, la Cámara Federal de Casación Penal revocó el último pedido de probation de los imputados y ordenó al Tribunal Oral a llevar a cabo el juicio oral y público, argumentando que la lesión al ambiente, protegido por la Constitución Nacional, no afecta a un particular sino a toda la comunidad y a las generaciones futuras.

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