Redujeron de 16 a 10 años de cárcel la condena a una joven que mató a su hijo recién nacido
Fallo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia

Redujeron de 16 a 10 años de cárcel la condena a una joven que mató a su hijo recién nacido

Se trata de Andrea Paola González Paduán, quien fue condenada en juicio oral y público en mayo de 2016. El Superior Tribunal hizo lugar parcialmente a un recurso de casación presentado por la defensa y disminuyó la pena. El organismo entendió que los jueces de la instancia anterior no justificaron por qué se apartaron del monto que había pedido el fiscal en su alegato, y que valoraron como agravantes circunstancias que no lo fueron. El abogado defensor insiste en que su clienta no debió ser condenada, y que en todo caso actuó “bajo emoción violenta”.
11/10/2017
E

l Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego redujo de 16 a 10 años de cárcel la condena aplicada a una joven de 27 años acusada de matar a su bebé recién nacido, durante un hecho ocurrido el 21 de abril de 2015 y que había conmocionado a los habitantes de Ushuaia.
El máximo tribunal fueguino hizo lugar parcialmente a un recurso de casación presentado por la defensa de Andrea Paola González Paduán, y de esta forma modificó la pena que le había aplicado el Tribunal Oral en lo Criminal del distrito luego de un juicio que concluyó el 9 de mayo del año pasado.
La mujer fue hallada “autora material y penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía”, en un fallo donde los jueces Maximiliano García Arpón, Alejandro Pagano Zavalía y Guillermo González se apartaron del pedido realizado en su alegato por el fiscal Fernando Ballester Bidau, quien había requerido también 10 años de prisión al considerar la existencia de “circunstancias extraordinarias de atenuación”.
Al revisar esa decisión, el Superior Tribunal entendió que el Tribunal Oral “no dio fundamentos suficientes para apartarse de la pena solicitada por el fiscal en su alegato”.
En concreto, explicó que los jueces de la instancia anterior no valoraron “en su justa medida, las circunstancias acreditadas en el debate en cuanto a la historia de vida y estado de salud psíquica de la enjuiciada, en tanto resultaban condicionantes de su capacidad de determinación frente al hecho”, puede leerse en el pronunciamiento conocido ayer.
El fallo también afirmó que el tribunal de juicio “valoró negativamente otras circunstancias que no eran susceptibles de agravar” el delito.
González Paduán confesó que dio a luz en el Hospital Regional Ushuaia, donde llegó sola y se presentó con una identidad falsa.
Luego del parto se retiró con la criatura recién nacida, la mató y la escondió dentro de un placar, envuelta en una manta, en el domicilio que compartía con sus padres y donde la policía la encontró poco después del hecho.
La joven quedó detenida y en su confesión argumentó que había actuado de esa manera para no enfrentar a su familia que desconocía el embarazo.
“Lamento lo que pasó. No hay día en que no piense en ello. Lo recuerdo y no lo comprendo. Esto lo voy a tener siempre conmigo. No sé qué va a pasar en el futuro, solo sé que no se quita más y que lo voy a lamentar toda la vida”, había dicho González Paduán en sus últimas palabras antes del veredicto del tribunal.
El abogado defensor de la joven, Raúl Paderne, planteó que su cliente era “inimputable por la presencia de un cuadro agudo de psicosis puerperal”, y que en todo caso había actuado “en estado de emoción violenta”.
Por unanimidad, el Superior Tribunal rechazó ambas posibilidades pero hizo lugar a la reducción de la pena.
El abogado Paderne aseguró ayer que la disminución de la condena “no conforma a la defensa”, y que insistirá con los mismos planteos por vía extraordinaria ante la Corte Suprema de Justicia.
“Si bien es un avance, seguimos manejando como hipótesis la idea de un homicidio en estado de emoción violenta. Creemos que ello ha sido probado, junto con la patología que afectaba a mi defendida en el momento del hecho, y junto con la influencia de su historia de vida”, refirió el letrado.
Según Paderne, lo sucedido fue “una tragedia tremenda, donde no hay forma de reparar el daño causado, pero tampoco creo que sea justa una condena, ni como la primera aplicada por el tribunal de juicio, ni como ésta fijada por el Superior Tribunal”, señaló.

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