El Ejecutivo de Ushuaia vetó la ordenanza de restricciones para predios cedidos en uso
Pretendía garantizar que se mantenga el uso previsto para la tierra

El Ejecutivo de Ushuaia vetó la ordenanza de restricciones para predios cedidos en uso

El veto surgió a partir de un error técnico: según Carta Orgánica Municipal la tierra es adjudicada en venta; no cedida, como planteaba la ordenanza. El concejal Juan Carlos Pino adelantó que en marzo se corregirá el error para dar lugar a la norma. Establecía que sólo se autorizaba la actividad para la cual fue entregado el predio; además prohibía la subdivisión y la transferencia por un mínimo de 20 años; disponía que el futuro cesionario de la tierra debía presentar un proyecto de uso y preveía la utilización gratuita con fines comunitarios durante los primeros 5 años.
09/01/2018
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l Ejecutivo Municipal de Ushuaia vetó la ordenanza que establecía restricciones para los predios cedidos por el Estado, que había sido sancionada por el Concejo Deliberante con el objetivo de garantizar que se mantenga el uso previsto al momento de la entrega y que la tierra genere algún beneficio para la comunidad.
La norma aprobada en la última sesión ordinaria del año pasado, establecía que “solo se autoriza en el predio la actividad para la cual fue otorgado. En caso de asociaciones sin fines de lucro, se permiten como actividades secundarias, aquellas contempladas en el estatuto de la entidad beneficiaria; prohibición de subdivisión del predio; prohibición de transferencia por un mínimo de veinte (20) años, excepto en el caso de transferencias a favor de entidades sin fines de lucro que realicen la actividad para la cual el predio se otorgó originalmente; previa autorización del Departamento Ejecutivo Municipal”.
De acuerdo a la ordenanza que resultó vetada, las restricciones debían formar parte de la escritura traslativa de dominio. Además disponía que “el futuro cesionario debe presentar ante la autoridad de aplicación un proyecto de uso del suelo para el sector, el que debe ser remitido al Consejo de Planeamiento Urbano para su tratamiento, y prever un cronograma de uso gratuito de las instalaciones por parte del Municipio con fines comunitarios durante los primeros 5 años a partir de la cesión”.
La norma fijaba restricciones para los predios cedidos por el Municipio tomando como base el principio de asignación prelativa: Vivienda y equipamiento comunitario; hábitat comunal privado de acceso público o emprendimiento turístico; actividad industrial o comercial declarada de interés para la ciudad por el Concejo Deliberante; otro destino permitido por el Plan Estratégico y Urbano siempre y cuando existiere remanente de tierras sin asignar.
El articulado de la Carta Orgánica Municipal toma como base la concepción de que la tierra fiscal municipal es “un bien social escaso” que debe ser vendido. Allí reside la fundamentación técnica del veto total a la norma; ya que la misma proponía restricciones para la tierra cedida, condición distinta a la adjudicación en venta.
El presidente del Concejo Deliberante de Ushuaia, Juan Carlos Pino, adelantó que en la primera sesión ordinaria de este año –en el mes de marzo-, se corregirá el error técnico para dar lugar a la norma; modificando “predios cedidos” por “predios adjudicados en venta”. Al momento de la sanción, los concejales consideraron la propuesta para generar mayor control preventivo sobre el uso de la tierra al momento de la entrega.

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