Bodegas Santa Elena deberá incorporar mujeres a su plantel de personal
Recolección de residuos

Bodegas Santa Elena deberá incorporar mujeres a su plantel de personal

De ahora en más, la empresa de recolección de residuos de Río Grande, por cada dos vacantes que se produzcan en su plantel de personal, una deberá ser ocupada por una mujer. Las mismas pueden ser empleadas como “chóferes, mecánicos, administrativos y/o toda otra actividad que en la empresa se desarrolle”, dice una Ordenanza de Río Grande que está vigente desde diciembre pasado.
19/01/2018
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a empresa que realiza la recolección de residuos en Río Grande, está obligada a tener en su planta de personal un número no inferior al 30 por ciento de mujeres, por lo tanto, de ahora en más, por cada dos vacantes que se produzca una deberá ser cubierta por una mujer.
Así lo estipula la Ordenanza 3777, que está vigente desde el pasado 26 de diciembre del año pasado y mediante la cual se impone que, de ahora en más, esa condición de empleo será establecido en forma obligatoria en para las próximas licitaciones o concesiones de servicios públicos que lleve adelante el Municipio local.
En la actualidad, la firma Bodegas y Viñedos Santa Elena cuenta con un plantel de personal de 211 operarios, de acuerdo a lo que dependían de la anterior concesionaria, Agrotécnica Fueguina, por lo tanto, en la medida que comience a materializar la que obliga la Ordenanza, deberá ocupar cerca de 63 mujeres.

Qué dice la normativa

La herramienta legal vigente señala la obligatoriedad que tiene la concesionaria del servicio de barrido, recolección y deposición final de residuos sólidos urbanos, de garantizar un porcentaje no inferior al 30 por ciento de mujeres en el plantel de chóferes, mecánicos, administrativos y/o toda otra actividad que en la empresa se desarrolle, con el objeto de dar cumplimiento al servicio concesionado.
El artículo segundo de la Ordenanza indica que las vacantes que se produjeran en la Empresa Concesionaria, deberán ser cubiertas en forma igualitaria entre mujeres y varones, garantizando el ingreso de una mujer por cada dos puestos a cubrir, hasta completar un 30 por ciento de personal femenino, atendiendo como único criterio, el de idoneidad para el desempeño del cargo.

La más baja

Al fundamentar la sanción de la nueva normativa vigente, el Concejo Deliberante consideró la necesidad de garantizar “el acceso y la permanencia de mujeres en los ámbitos laborales que dependan del presupuesto municipal, como así también los creados a partir de licitaciones o concesiones de los servicios municipales”.
Advierten que en la Argentina, la tasa de empleo de las mujeres sigue siendo más baja que la de los varones: el 42,2% para ellas y el 63,7% para ellos, según datos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en el 2016.
“Si bien los niveles de participación femenina en el mercado de trabajo siguen indicando una suba histórica, este crecimiento se tradujo en un aumento en los niveles de desocupación y subocupación, antes que en un incremento del porcentaje de ocupaciones plenas. La tasa de desocupación para las mujeres es de 10,5% y para los varones es de 8.5 por ciento”, puntualizan los fundamentos de la Ordenanza.

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