Sustracción de elementos que estaban bajo su custodia

Condenaron por peculado al ex jefe del depósito del HRU

Se trata de Julio Salvador Vivas, quien se desempeñaba en el Hospital Regional Ushuaia en 2015. Hace tres años lo acusaron de sustraer sábanas, toallas, guantes y otros elementos de limpieza que debía custodiar en función de su cargo. Los objetos aparecieron en su domicilio particular durante un allanamiento. La Justicia le impuso una condena de dos años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para cargo público. No hubo juicio.
21/02/2018
E

l Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia condenó a dos años de prisión en suspenso al jefe de depósito del Hospital Regional de la ciudad que en 2015 fue acusado de sustraer sábanas, toallas, guantes y otros elementos de limpieza que supuestamente debía custodiar en función de su cargo y que aparecieron en su vivienda particular.
La sentencia recayó sobre Julio Salvador Vivas, de 34 años, a quien los jueces intervinientes consideraron penalmente responsable del delito de peculado, una variante legal de los delitos de defraudación contra la administración pública.
El fallo dictado antes de la feria judicial de verano, y que trascendió públicamente ayer, corresponde al mecanismo conocido como “omisión de debate”, es decir que fue suscripto sin la realización de un juicio oral y público y con el acuerdo de las partes intervinientes y del tribunal.
La omisión fue propuesta por el fiscal Mayor de Ushuaia, Guillermo Massimi, quien requirió la misma pena luego aplicada por los jueces Rodolfo Bembihy Videla, Maximiliano García Arpón y Alejandro Pagano Zavalia.
Durante el proceso judicial se demostró que Vivas, durante fechas previas al 26 de agosto de 2005 y mientras se desempeñaba como como jefe de depósito del hospital, sustrajo una cantidad de objetos que se encontraban guardados en el galpón que tenía bajo su custodia, en la parte posterior del establecimiento médico, y en un contenedor situado en inmediaciones de esa misma construcción.
Tras la denuncia del caso, y por orden de a jueza de instrucción María Cristina Barrionuevo, la Policía allanó la vivienda particular del empleado público en el barrio de Andorra.
Allí aparecieron distintas cantidades de elementos como rejillas, esponjas, trapos de piso, escobillones, franelas, bolsas de consorcio, toallas y toallones, sábanas, fundas y guantes, muchos de ellos en sus envases originales y con la leyenda de “uso hospitalario”.
Vivas sustrajo del patrimonio estatal objetos “cuya recepción, administración y custodia le habían sido confiadas en razón de su cargo”, entendieron los acusadores en la causa penal.
Después, al considerar que las pruebas reunidas durante la instrucción hacían innecesaria la realización del juicio oral y público, el fiscal Massimi requirió la omisión del debate y propuso la condena a prisión en suspenso.
Este mecanismo, aceptado por la defensa y los jueces, establece que el tribunal se aboca directamente a dictar una sentencia y que, en caso de ser condenatoria, no puede superar el pedido de la Fiscalía.
En este caso los jueces condenaron al imputado a la pena de dos años de prisión, más inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos y las costas del proceso.
Por otra parte, se le impuso a Vivas el cumplimiento de una serie de reglas de conducta, entre ellas “comunicar al tribunal de ejecución todo cambio de residencia”, “someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados” y “abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas”.

El caso del enfermero

No es la primera vez en el último tiempo que la Justicia condena a un empleado del Hospital por la sustracción de elementos del establecimiento.
En junio del año pasado, el mismo tribunal sentenció a dos años de prisión en suspenso al enfermero Marcelo Fabián Duberti, acusado de desviar vacunas destinadas al cumplimiento de la Campaña Nacional de Vacunación Antigripal 2011, para aplicarlas y cobrar por ello a título personal.
En ese caso, la condena incluyó también la accesoria de inhabilitación perpetua pero el hecho fue calificado como “defraudación contra la Administración Pública bajo la modalidad de administración infiel”.
El proceso demostró que las vacunas inicialmente destinadas al personal de la estación de servicio "Malvinas Argentinas" del Automóvil Club Argentino (ACA), fueron aplicadas al personal del "Hotel Canal de Beagle", perteneciente al ACA, tarea por la que el enfermero percibió $5280.
La denuncia del caso fue realizada por Carla Alexia Ponce, de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, quien manifestó que había tomado conocimiento de las actuaciones administrativas, a raíz de la solicitud por nota del enfermero de 40 vacunas trivalentes para ser aplicadas al personal de la estación de servicio.



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