Iniciativa de la Asociación Fueguina de Empleados Públicos

Proponen limitar la planta política al 2% de la planta permanente

El proyecto ingreso como asunto de particulares a fines del mes de mayo. Propone limitar la cantidad de nombramientos en planta transitoria, gabinete o contratados. Además pretende se fije requisito de residencia mínima anterior al nombramiento.
12/06/2018
B

ajo el título de proyecto para la Transparencia de la Planta Política, la Asociación Fueguina de Empleados
Públicos presentó ante la Legislatura una iniciativa que busca establecer limitaciones a los nombramientos de personal en planta transitoria, gabinete o como contratados.
La propuesta busca que ese tipo de designaciones no pueda superar “el 2% del total de empleados públicos que revistan en la categoría de personal permanente de la administración pública provincial, incluidos los entes centralizados o descentralizados, autárquicos, sociedades del estado y sociedades
anónimas con capital mayoritario del estado”. Pero además contempla que “es requisito obligatorio para ser nombrado en planta transitoria, gabinete o contratado, tener 2 años continuos de residencia inmediata en la provincia, anterior al nombramiento”.
Prevé que quienes sean nombrados bajo alguna de esa modalidades “no podrá concursar cargo o empleo, ni ser incorporado por cualquier otra modalidad a la administración pública provincial como planta permanente hasta pasado 2 años de su cese o baja en las funciones o empleo para el que fuera nombrado o designado”.
El asunto ingresado a fines del mes de mayo establece que “a los efectos de determinar el porcentaje” fijado, “el Poder Ejecutivo debe publicar a comienzo de cada año calendario la nómina de empleados públicos que revistan en la categoría personal permanente de la administración pública provincial” y mensualmente “la nómina” de designaciones en planta política, transitoria y de contratados, consignando “nombre, apellido, cargo o función que cumple, dependencia al que está afectado y remuneración mensual”.
Fija que a los 30 días corridos de la entrada en vigencia de la ley, en el hipotético caso de que resulte aprobada, el Poder Ejecutivo dará a conocer la nómina total de empleados públicos que revistan en la categoría de personal permanente y la nómina total de aquellos que no revisten en la categoría de personal de planta permanente “y en “el plazo de 60 días corridos, adecuar el número de personal que no revisten en la categoría de personal de planta permanente al porcentaje” mencionado.
Además contempla que a partir de la vigencia de la iniciativa “los cargos de Dirección, Subdirección, Jefatura, Subjefatura, serán cubierto mediante concurso de antecedentes y oposición, debiendo darse, en caso de paridad, prioridad a quien venía cumpliendo la función del cargo concursado”.
Excluye de esta limitación los nombramientos de Ministros y Secretarios de Estado, titulares de entes centralizados o descentralizados, autárquicos, sociedades del estado y sociedades anónimas con capital mayoritario del estado.

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