Se aprobó el incremento en la tarifa del servicio de taxis
Sesión del Concejo de Ushuaia en el colegio Los Andes

Se aprobó el incremento en la tarifa del servicio de taxis

Se llevará la bajada de bandera de $23 a $26 y la ficha cada 100 metros de $2,25 a $2,50. Por otra parte, el taller de RTO deberá incorporar medios de pago electrónicos.
14/06/2018
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os concejales de Ushuaia aprobaron ayer por unanimidad el incremento en el valor de la tarifa de taxis, que lleva la bajada de bandera de $23 a $26 y el valor de la ficha cada 100 metros, de $2.25 a $2.50; un aumento del 11,6 por ciento. Fue durante la sesión ordinaria que se desarrolló en el colegio provincial Los Andes.
El pedido de la Asociación de Propietarios de Taxis había sido presentado ante el Ejecutivo, semanas atrás, y tras la instancia de Asamblea Tarifaria que se desarrolló días atrás, fue girado al Concejo para la ratificación legislativa.
La suba en la tarifa de taxi responde “al incremento tarifario que da cuenta de los diversos aumentos que se han producido en los diferentes rubros relacionados al mantenimiento integral de las unidades, seguro, entre otros”, según detalla el proyecto presentado. El pedido se sustenta en la estructura de costos para llevar adelante el servicio, que incluye combustible, repuestos, costos laborales y canasta básica familiar.

El taller de RTO deberá incorporar medios de pago electrónicos

El Concejo Deliberante de Ushuaia aprobó por unanimidad una modificación a la ordenanza N° 4983 –que regula el funcionamiento del Taller de Revisión Técnica Obligatoria (RTO)- la obligatoriedad de que cuente con la alternativa de medios de pago electrónicos a disposición de los usuarios.
El proyecto del concejal Tomás Bertotto (PRO) surgió a partir de las quejas de vecinos, que ante la necesidad de realizar la RTO se encuentran con que el único taller autorizado (Taller Regional Austral), no toma turnos y tampoco acepta el pago con tarjeta de débito ni crédito, únicamente efectivo.
El concejal del PRO había recordado que en marzo pasado, venció el plazo dispuesto por la AFIP para la adecuación a la ley nacional N° 27.253, que establece la obligatoriedad de contar con medios electrónicos para comercios, empresas, profesionales y monotributistas; como así también para quienes realicen en forma habitual la venta de bienes para consumo final, presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles.

 

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