Condenado a 3 años de prisión
Ciberacoso

Condenado a 3 años de prisión

El Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia condenó a tres años de prisión en suspenso a un joven de 21 años acusado de grooming o ciberacoso sexual en perjuicio de tres menores de edad.
21/06/2018
E

l Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia condenó a tres años de prisión en suspenso y costas a un joven de 21 años acusado de grooming o ciberacoso sexual en perjuicio de tres menores de edad.
La condena se dio a conocer el pasado martes una vez finalizado el juicio oral pero no público que había comenzado en la misma jornada.
Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla hallaron al imputado como “autor material y penalmente responsable de los delitos de grooming o ciberacoso sexual en concurso ideal con coacción reiterado: tres hechos”.
De acuerdo al veredicto, los hechos tuvieron lugar en diciembre de 2014, en perjuicio de dos menores, y el 1 de noviembre de 2015, en perjuicio de otra víctima.Los magistrados rechazaron un planteo de inconstitucionalidad presentado por la defensa del acusado, que ejercieron los abogados Alejandro Berola y Salvador Parodi.
Además, el tribunal le fijó al condenado una serie de reglas de conducta, entre ellas comunicar al tribunal de ejecución cualquier cambio de residencia, someterse al cuidado del patronato de presos y liberados y abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.
También le prohibió acercarse o tener contacto, por cualquier medio, con las víctimas y sus domicilios.
De acuerdo a la acusación promovida por el fiscal Eduardo Urquiza, en uno de los hechos, el joven fue acusado de obligar a dos niñas a enviarle “fotografías con contenido erótico” y de hostigarlas para que participen de un encuentro personal con él.
Según el requerimiento fiscal de elevación a juicio, las amenazas consistían, básicamente, en “hacer públicas las conversaciones y escrachar a las nenas en la escuela”.
Siguiendo la reconstrucción que realizó la Justicia, todo ello ocurrió en diciembre de 2014, mediante conversaciones que transcurrieron vía Whatsapp y Facebook, en las que el hombre “simuló estar enamorado, con el único fin de lograr un encuentro sexual”, sostuvo la acusación.
El segundo hecho que se le imputó es el contacto que mantuvo vía Whatsapp con una niña que al momento de la denuncia (año 2015) tenía 13 años.
En este caso, el sujeto le pidió a la adolescente que se sacara fotos y se las enviara, y también la trató de convencer para mantener un encuentro íntimo, a cambio de ofrecerle dinero en efectivo.
No obstante, a raíz de la negativa de la niña, “el hombre amenazó con publicar una foto de ella, aparentemente trucada o editada, de su rostro y partes íntimas en su Facebook”, indicó el requerimiento.
En la Argentina, el grooming es un delito penal, descripto en la ley 26.904, sancionada el 13 de noviembre de 2013.
El artículo 131 del Código Penal indica que: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
En Tierra del Fuego, la primera condena por el delito de grooming fue en Ushuaia en abril del año pasado, oportunidad en la que el Tribunal de Juicio de esta ciudad condenó a un hombre a la pena de 2 años de prisión en suspenso, y le impuso reglas de conducta, por un hecho que tuvo lugar en 2014.

Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos