Resolvieron situaciones pendientes y elevaron la causa a juicio
Hechos de violencia en el conflicto por la reforma previsional

Resolvieron situaciones pendientes y elevaron la causa a juicio

Investigan la resistencia al desalojo del acampe frente a la Casa de Gobierno, la agresión al Vicegobernador luego de un acto y el escrache en el domicilio de la Gobernadora, todos sucedidos entre abril y mayo de 2016. Había siete procesados y se agregó uno más. A cinco de los dirigentes le sumaron la calificación de “atentado contra la autoridad”. Entre los acusados está el secretario general del Sutef, Horacio Catena. Mantuvieron reglas de conducta como la prohibición de acercamiento a los funcionarios agredidos.
05/07/2018
E

l juez de instrucción de Ushuaia Javier De Gamas Soler resolvió las situaciones procesales de varios gremialistas estatales y elevó a juicio oral y público la parte que faltaba de la causa donde se investigan los incidentes ocurridos el 31 de mayo de 2016, cuando la Policía desalojó el frente de la Casa de Gobierno, y otros episodios de violencia ocurridos en la misma época derivados del conflicto por la reforma previsional.
Por estos hechos ya tenían procesamiento firme siete sindicalistas estatales, incluido el secretario general del Sutef, Horacio Catena, pero aún restaba definir la situación de cuatro más y confirmar las figuras delictivas atribuidas a otros tres dirigentes.
En esta última resolución, fechada el pasado 26 de junio, De Gamas Soler volvió a procesar a Roberto Alejandro Tihuel Avendaño, a quien se acusa de haber propagado el fuego en el momento del desalojo, y se le imputa el delito de “incendio con peligro común para los bienes”.
El juez ya había procesado a Tihuel Avendaño en agosto de 2016, pero un fallo de la Cámara de Apelaciones había anulado esa decisión por razones procesales.
Además, el magistrado extendió el procesamiento de Roberto Camacho, Juan Manuel Stefoni, Antonio Gallegos, José Gómez y Alejandro Gómez por el ataque que sufrió el vicegobernador Juan Carlos Arcando el 2 de mayo de 2016, tras la finalización de un acto en homenaje de las víctimas del Crucero General Belgrano, durante la guerra de Malvinas.
Todos estos dirigentes, quienes fueron detenidos poco después del incidente y luego fueron liberados bajo reglas de conducta, debían responder por los delitos de “resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones” y “lesiones calificadas” por la agresión a policías que custodiaban al vicegobernador.
Sin embargo, De Gamas Soler también insistió sobre una nulidad que había dictado la misma Cámara y les tribuyó a estas personas la figura de “atentado contra la autoridad agravado por haber puesto manos en la autoridad”.
Por su parte el juez dictó también el sobreseimiento de José Salinas, Ángel Villalba Colipai y Julio Beriau, que también estaban siendo investigados en relación a los mismos episodios.
Por un fallo de julio de 2016 dictado por De Damas Soler (y confirmado al año siguiente por los camaristas Walter Tabarez Guerrero, Jorge Luis Jofré y Julián de Martino) ya habían sido procesados José y Alejandro Gómez por el delito de “resistencia a la autoridad”, en relación con el incidente ocurrido cuando escracharon el domicilio particular de la gobernadora Rosana Bertone, el 1 de abril de 2016.
También tiene procesamiento firme Catena por el delito de “resistencia a la autoridad”, en función de los hechos que protagonizó cuando la policía desalojó el acampe, donde fue acusado de “arrojar contra la policía un tacho que contenía fuego”.
A su vez, está procesado Víctor Alejandro Marín, ex vicedirector del turno tarde del Colegio Provincial Kloketen, por el delito de “resistencia a la autoridad” al comprobarse “prima facie” que fue uno de los que arrojó tirantes de madera contra los efectivos policiales.
De esta forma, serán ocho el total de sindicalistas que irán a juicio por los incidentes ocurridos entre abril y mayo de 2016.
Camacho, Stefoni, Gallegos, José Gómez y Alejandro Gómez responderán por el ataque al vicegobernador, José y Alejandro Gomez por el escrache en el domicilio de la gobernadora, y Catena, Tihuel Avendaño y Marín por la resistencia ofrecida durante el desalojo del acampe.

Avivar el fuego

En relación a la conducta de Tihuel Avendaño, el juez De Gamas Soler sostuvo en su reciente pronunciamiento que los dos focos de incendio producidos el 31 de mayo de 2016 aproximadamente a las 2.30, fueron iniciados por los manifestantes para “resistir” el desalojo del acampe dispuesto frente a la Casa de Gobierno.
“Algunos manifestantes se resistían al procedimiento del personal policial que despejaba la avenida, momento en que una de las carpas allí instaladas comenzó a incendiarse y el fuego afectó a otra contigua a la primera. Asimismo se demostró que los focos que iniciaron el ígneo fueron provocados de manera intencional por la utilización de acelerantes de combustión”, escribió el magistrado.
En esa línea, agregó que “se probó que en el momento en que una de las carpas  ya se encontraba en llamas, Tihuel Avendaño comenzó a arrojar tarimas de madera como combustible. Ello no encuentra otro razonamiento que no sea que tal acción tuvo el único objeto de permitir una mayor propagación del fuego”, fundamenta la resolución.
Incluso menciona que el fuego afectó los comercios aledaños, provocando daños en las fachadas, alcanzando a afectar los postes de alumbrado público y la escalera de ingreso a la casa de Gobierno.

Reglas de conducta

La resolución judicial extendió para Tihuel Avendaño y mantuvo para el resto de los acusados, el cumplimiento de reglas de conducta, como la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la gobernadora Bertone y del vicegobernador Arcando, bajo apercibimiento de quedar detenidos, aunque se aclaró que ello “no alcanza a las peticiones escritas vinculadas al ejercicio de la representación gremial que puedan realizar los imputados en forma individual o conjunta por los canales institucionales o formales pertinentes”.
Además, los dirigentes tampoco podrán “tomar parte de actos públicos en los que se susciten hechos de violencia de cualquier índole o en los que se realicen actos de hostigamiento a funcionarios”, y tendrán prohibido “ingresar al edificio central de la gobernación y a la legislatura” salvo autorización de la gobernadora y el vice y según las limitaciones que le impuso a estas medidas un fallo anterior de la Cámara de Apelaciones.

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