Caso Weiss: fijan audiencia oral en el STJ
Revisión de la condena

Caso Weiss: fijan audiencia oral en el STJ

El empresario fue sentenciado en mayo a 8 años de prisión por el abuso de dos menores. La defensa presentó un recurso de casación. La Corte estableció que el 4 de septiembre las partes podrán ampliar sus fundamentaciones antes de dictar un pronunciamiento. Mientras tanto, Weiss sigue libre.
17/08/2018
E

l Superior Tribunal de Justicia de la provincia fijó para el próximo martes 4 de septiembre al mediodía la audiencia para ampliar oralmente los fundamentos de la Fiscalía y de la Defensa en el recurso de casación contra la sentencia que condenó al empresario de Ushuaia Héctor Darío Weiss, por el abuso sexual de dos menores de 8 y 14 años de edad en el momento de los hechos.
Weiss fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia a 8 años de prisión el pasado 11 de mayo, aunque todavía se encuentra en libertad porque el fallo no está firme.
El empresario fue hallado culpable de los delitos de “abuso sexual simple reiterado en un número indeterminado de veces” en concurso ideal con “abuso sexual con aprovechamiento de la inmadurez de la víctima reiterado, tres hechos”.
Las partes ya fijaron postura de manera escrita ante el Superior Tribunal, pero ahora les asiste el derecho de ampliar sus fundamentos en una audiencia oral, a la que también podrán asistir las dos querellas, representantes de las víctimas en el juicio.
Una de las querellantes ya sostuvo ante la Corte que “debido a la suficiente prueba incriminante, recogida durante el debate, que fuera adecuadamente valorada en la sentencia, no cabe más que una adhesión absoluta (a la sentencia) sin considerar necesario ahondar más”.
De todos modos, la querella observó que el monto de la pena (ocho años de cárcel) “no recogió de manera completa la pretensión de esta parte”, ya que valoró los hechos relacionados con una de las víctimas, pero no los de la otra.
“Cada hecho pesa, cuenta y es independiente del otro”, razonó la parte que es representada por la abogada Karina Echazú.
No obstante, consideró más adelante que “la sentencia ha fundado de manera suficiente las circunstancias relevantes tenidas en cuenta para la graduación de la pena impuesta”, y agregó que esas circunstancias “responden fielmente a las pruebas rendidas durante la audiencia de debate y a la motivación y valoración impuesta por las reglas y principios de la sana crítica razonada”.
Al juzgar el caso en juicio, el Tribunal Oral le asignó credibilidad al testimonio de las propias víctimas, al afirmar que, en uno de los hechos, “refleja la verdad real de lo acontecido, pudiendo –entonces- afirmar que encuentro plenamente probada tanto la existencia material del hecho en trato, como la autoría por parte del imputado”.
En cuanto al otro episodio, los magistrados entendieron que Weiss abordó a la menor “de manera gradual”, hasta que en un momento la increpó con “sorpresivos besos y manoseos”, y agregaron que “el persistente accionar del imputado logró desparecer o torcer la conducta de la víctima”. A la vez, mencionaron que el condenado se aprovechó del carácter y de la “inexperiencia e inmadurez sexual de la menor, así como de su alto grado de vulnerabilidad”.

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