Proponen reducir la edad para postularse en Demanda Habitacional
Actualización de requisitos para el Padrón municipal

Proponen reducir la edad para postularse en Demanda Habitacional

El planteo busca modificar la ordenanza N° 3131 que establece como requisito para la inscripción en el Padrón tener 21 años cumplidos. La intención es llevar la edad mínima a 18 años; mayoría de edad según en el Código Civil vigente desde 2015, equiparando el acceso al del registro del IPV. Los concejales consultaron a la Secretaría de Hábitat sobre el asunto.
11/09/2018
E

n el marco de la ordenanza municipal N° 3131, que regula el sistema de evaluación e inscripción de postulantes en el Padrón de Demanda Habitacional, una vecina de Ushuaia presentó un pedido para actualizar la norma; en lo referido a la edad mínima para el empadronamiento.
El planteo de la vecina Elisabeth Soto surgió a partir de, aunque la mayoría de edad se alcanza a los 18 años de acuerdo a la última modificación del Código Civil vigente desde 2015, los jóvenes menores de 21 años no pueden acceder a la inscripción en el Padrón de Demanda Habitacional del Municipio, ya que esa es la edad mínima dispuesta entre los requisitos para la postulación.
Los concejales de Ushuaia tomaron conocimiento del pedido, que busca modificar la ordenanza N° 3131 – sancionada en 2006- para llevar a 18 años la edad mínima requerida para integrar el Padrón de postulantes a una solución habitacional por parte del Estado municipal, teniendo en cuenta la mayoría de edad que establece el Código Civil de nuestro país y equipararlo al sistema de inscripción del IPV.
Se trata de una modificación a la normativa, en su artículo 3°, para establecer entre los requisitos de inscripción, contar con mayoría de edad; tomando como base los derechos y obligaciones de los jóvenes, que desde los 18 años pueden ser propietarios, abonar tributos municipales como el Impuesto Automotor o la Tasa de Comercio, entre otras responsabilidades por la mayoría de edad; lo que debería tenerse en cuenta para el acceso a una solución habitacional.
Reunidos en comisión de Legislación e Interpretación, los concejales remitieron el asunto a la Secretaría de Hábitat y Ordenamiento Territorial, para contar con la exposición del área técnica municipal encargada del tema, en las posibles modificaciones que puedan resolverse sobre la inscripción al Padrón de Demanda.

En el IPV se inscriben desde la mayoría de edad

A diferencia del mecanismo dispuesto mediante ordenanza N° 3131, que fija en 21 años la edad mínima para la inscripción como postulante a soluciones habitacionales municipales, la resolución reglamentaria N° 165/15 del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) fija otro parámetro para la postulación: “Contar con mayoría de edad de acuerdo a la legislación vigente”.
En ese marco, los jóvenes que se postulan para ser adjudicatarios de una solución habitacional (tierra o viviendas, de acuerdo al caso), pueden hacerlo en el ámbito provincial desde los 18 años, en tanto deben esperar tres años más hasta los 21 para inscribirse en el Padrón municipal.
La revisión y actualización propuesta por la vecina ante los concejales, busca equiparar ambos parámetros, en beneficio de los jóvenes que necesitan acceder al listado de postulantes.

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