Visto bueno al convenio para que Camuzzi pague servidumbre de paso
Por el uso de tierras fiscales

Visto bueno al convenio para que Camuzzi pague servidumbre de paso

El Tribunal de Cuentas dio el visto bueno al convenio mediante el cual la empresa Camuzzi abonará a la Provincia en concepto de servidumbre de paso entre el 1 de enero de 2010 y hasta diciembre de 2019. La prestataria abonará $ 613.841 por dicho concepto. Es por las tierras fiscales que han sido utilizadas para el paso del gasoducto.
17/09/2018
L

a empresa Camuzzi le pagará a la provincia $ 613.841 en concepto de servidumbre por tierras fiscales que son atravesadas por el gasoducto. Ese monto no contempla intereses y se remonta a la servidrumbre desde el 1 de enero de 2010 y hasta el 27 de diciembre de 2019.
Así se desprende de la resolución plenaria del Tribunal de Cuentas de la Provincia que avaló dicho convenio en el que se detalla que dicho pago es por concepto de servidumbre y su inherente restricción al dominio. Asimismo se establece que una vez efectuado el pago, la provincia “nada tendrá reclamar en concepto de servidumbres a Camuzzi, inclusive por períodos anteriores al liquidado por el presente. A todo evento se deja constancia que la suma a abonarse no contempla intereses en razón de que se adelantan períodos no devengados, hasta el 27.12.2019”, señala la resolución.
En lo que hace a los períodos devengados presuntamente reconocidos por Camuzzi Gas del Sur a efectos del pago, “es del caso señalar que algunos ya se encontrarían prescriptos de conformidad con las previsiones del Código Civil y Comercial de la Nación y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aplicable en la materia. En consecuencia -en este
aspecto- el proyecto de convenio resultaría conveniente para la Provincia”, menciona la Resolución Plenaria 213/2018 firmada el 7 de septiembre pasado.
Concretamente el concepto de pago entre la empresa Camuzzi Gas del Sur S.A. y la Provincia de Tierra del Fuego, es por “el costo de servidumbres de paso de gasoducto, de tránsito, de uso y ocupación por instalaciones de superficie, respecto de inmuebles del dominio provincial”. Si bien los poco más de 600 mil pesos pareciera una cifra ínfima, las bases de cálculos utilizadas son las establecidas por e ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas).
La Resolución del organismo señala que “es importante destacar, que cuando de la aplicación de la fórmula antes mencionada, conforme a la Resolución ENARGAS N° 1-3562/15, surge un valor inferior al mínimo establecido, se utilizará este último. La forma de cálculo del mismo, se encuentra determinada en el Subanexo de la citada norma, y su valor se actualiza conforme a los importes resultantes de las Resoluciones ENARGAS N° 4446/17 y 279/18”.
Entre las conclusiones de la resolución, firmada por el vocal abogado Miguel Longhitano y por el vocal contador Hugo Pani, se menciona que “de acuerdo a lo expuesto precedentemente, con las limitaciones expuestas en el apartado "II — Limitaciones al Alcance", y conforme al análisis realizado, se concluye que el cálculo del valor total del presente convenio, se ajusta a la correcta aplicación de las formulas conforme a lo normativa descripta”.

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