La Gestión Melella debió pagar medio millón de pesos en honorarios
En la desadjudicación de un terreno

La Gestión Melella debió pagar medio millón de pesos en honorarios

18/09/2018
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l intendente Gustavo Melella estuvo obligado a afrontar 550 mil pesos, que salen del erario público, en una aventura judicial en la que pretendía desadjudicar un terreno que reclamaba el heredero del titular fallecido y, además, por intentar pagar un monto menor en concepto de honorarios al abogado particular que representó al demandante y a un perito tasador que fue designado por el Poder Judicial.
Así, mediante resolución municipal 3733/18, el intendente Gustavo Melella debió autorizar el pago de 500 mil pesos en concepto de honorarios a favor del abogado particular José Rodas y la suma de 50 mil pesos al martillero Juan Carlos Cobián Bares, designado por el Poder Judicial para realizar la tasación del inmueble motivo del litigio.
En el pago de los honorarios, el Intendente pretendía que la base de cálculo sea de 440 mil pesos aproximadamente, sin embargo, el abogado Rodas presentó un recurso para que ese monto sea revisado, en base a la valuación del terreno y las mejores realizadas. Así fue que el 26 junio de este año el Superior Tribunal emitió otro fallo adverso a la Municipalidad de Río Grande.
En la puja por los honorarios, el abogado particular estimó en 2 millones 996 mil pesos la valuación del terreno y mejoras del domicilio ubicado en Alberdi 1026; mientras que para la Municipalidad la valuación fiscal correspondía a un monto de 446 mil pesos. Ante la diferencia, el Superior Tribunal ordenó hacer una tasación, a costas de quien pierda el litigio.
El tasador judicial designado valoró el terreno en la suma de 4 millones 375 mil pesos y la construcción en 250 mil pesos; lo cual arrojó un total de 4 millones 625 mil pesos. Tomando como base de cálculo ese monto, se fijaron los honorarios de los profesionales que intervinieron en el proceso, que finalmente debió pagar el Municipio.

Demanda pérdida

En abril de 2017; el Superior Tribunal de Justicia emitió una lapidaria resolución respecto a la pretensión del intendente Gustavo Melella, de recuperar el terreno para que sea sumado al Banco de Tierras de la Municipalidad.
En la sentencia firmada por el juez Carlos Gonzalo Sagastume y a la que adhirieron los demás Ministros de la Corte, se indica que el Decreto 1090/2012 resulta inadecuado como acto administrativo con la normativa vigente, en tanto incumple los recaudos esenciales previstos en la ley 141, resultando manifiestamente ilegítimo y arbitrario, en consecuencia procede declarar su nulidad absoluta e insanable y, en consecuencia todos los demás actos emitidos con posterioridad.
El Juez Sagastume subraya que “sostener la tesis de la demandada (Municipalidad de Río Gradne), implicaría la paradoja de que en caso de fallecimiento de los padres, titulares de un predio, con Decreto de obligaciones cumplidas, habitando el mismo por más de 30 años y siendo sus hijos únicos herederos, en el supuesto que se encontraran cursando una carrea universitaria fuera de la provincia, por más de dos años y domiciliados en otra jurisdicción, no podría aspirar al predio de sus extintos progenitores…”

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