Se restablecieron beneficios impositivos a las petroleras
Nación modificó el decreto 751 del 2012

Se restablecieron beneficios impositivos a las petroleras

El Poder Ejecutivo nacional modificó los alcances del decreto del 2012 mediante el que se dejó sin efectos los beneficios impositivos y aduaneros de la 19.640 para las actividades relacionadas con la producción de gas y petróleo. A partir de ayer se reestablecieron esos beneficios, pero para nuevos emprendimientos hidrocarburíferos.
15/11/2018
E

l Gobierno nacional finalmente receptó favorablemente el reclamo formulado por la Provincia para modificar el decreto 751, mediante el cual se dejó sin efectos los beneficios impositivos y aduaneros de la 19.640 para la extracción de petróleo crudo y gas natural, para “las actividades de servicios relacionadas con la extracción de petróleo y gas, excepto las actividades de prospección,  para los servicios geológicos y de prospección realizadas en la Provincia y para las personas de existencia visible o ideal que se dedican a la exportación de los recursos mencionados”
En virtud de lo que establece el decreto 1049, firmado el martes y publicado ayer, el Ejecutivo Nacional exceptuó de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 1º del Decreto Nº 751 las actividades relacionadas con la producción de gas y petróleo, antes mencionadas, “vinculadas con nuevos emprendimientos hidrocarburíferos”. De todas maneras, para conocer los alcances definitivos que tendrá la norma habrá que aguadar a que el Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Gobierno de Energía, defina el alcance de la expresión “nuevos emprendimientos hidrocarburíferos”. La gobernadora Bertone manifestó su satisfacción “por esta medida tan reclamada por nosotros y que nos va permitir crear en los próximos años nuevos puestos de trabajo directos y desarrollar el perfil costero del norte de Río Grande”.
Las modificaciones del decreto 864/18, por el cual se habían eliminado aranceles de importación a la importación de bienes y componentes de electrónica con destino a diversos usos económicos y para la actividad productiva, entre los cuales 4 implicaban una pérdida de beneficios para la producción fueguina de televisores y equipos de telefonía celular, y del 751/12 eran de los temas que había planteado el Gobierno Fueguino a autoridades nacional en el marco de la negociación por la adenda al Consenso Fiscal y el Presupuesto Nacional para el 2019.
Desde el Ejecutivo Provincial se había indicado que para impulsar la radicación de inversiones apuntadas a la industrialización de derivados del gas y petróleo resultaba necesario reestablecer, a modo de estímulo, los beneficios de la 19.640, y que de esa decisión dependía la posibilidad de que se instalarán plantas petroquímicas en la zona norte.
Este, justamente, fue uno de los argumentos utilizados por Nación para justificar la decisión, ya que en el considerando del decreto se sostiene que para “el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones” resulta “conveniente fomentar el desarrollo de nuevos proyectos e inversiones tendientes a incrementar la producción de petróleo crudo y gas natural, mediante la adopción de medidas de estímulo para nuevos emprendimientos hidrocarburíferos en el marco de lo previsto en el Régimen Especial Fiscal y Aduanero aprobado por la Ley N° 19.640 y sus normas complementarias”.
La dispuesta en el decreto publicada ayer es la segunda modificación que la gestión Macri debe disponer respecto del que fuera dictado en mayo de 2012 por la ex –presidente Cristina Fernández de Kirchner.
La primera se produjo en julio del año pasado, cuando por decreto 520/17  se precisó que eliminación de los beneficios de la 19.640 no resultaba de aplicación “en lo referente al Impuesto al Valor Agregado, para las ventas de gas natural y gas licuado de petróleo -originarios de la Provincia - cuyo destino final sea su provisión para consumo por parte de usuarios residenciales, comerciales, industriales o entes oficiales, con residencia o radicación, según el caso, en el mencionado ámbito provincial”.
Esa aclaración diluyó la posibilidad de que de Camuzzi Gas del Sur, con el visto bueno del Enargas, comenzara a facturar el IVA a los usuarios del servicio de gas a los usuarios fueguinos, y evitó que las productoras siguieran facturando ese impuesto a la Dirección Provincial de Energía, la Cooperativa Eléctrica de Río Grande, las fraccionadoras de gas envasado y a grandes consumidores. De todas maneras, el decreto 520, no resolvió la controversia en torno al cobro del IVA practicado entre 2012 y 2017.

Galería de noticia
Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    %
    0 votos
  • No me interesó
    %
    0 votos