Polémica por un proyecto sancionado por la Legislatura provincial
Allanamientos en estudios contables

Polémica por un proyecto sancionado por la Legislatura provincial

La normativa establece que un juez debe avisar al Consejo Profesional de Ciencias Económicas al momento de allanar un estudio, para que el organismo tenga la posibilidad de nombrar veedores. El proyecto original disponía que el magistrado debía indicar “lugar, fecha y hora” del procedimiento, pero esa parte fue modificada por los legisladores.
29/11/2018
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a aprobación de un proyecto de ley que regula los allanamientos judiciales que se realicen dentro de estudios contables de la provincia, generó ayer distintas voces entre quienes están a favor y en contra de la medida, a la vez que llevó a una confusión por el texto de la norma que impulsó el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y el que finalmente fue sancionado por la Legislatura.
La iniciativa aprobada el martes por la unanimidad de los legisladores, modificó la ley provincial 191, que regula el ejercicio de las “profesiones en ciencias económicas” desde 1994.
El proyecto le agregó a la ley, el artículo “39 bis”, donde se establece que “en caso de allanamiento o registro de un estudio profesional, en el marco en lo dispuesto en la presente ley, la autoridad competente que hubiere dispuesto la medida, debe dar aviso de ella al Consejo Profesional, y el profesional puede solicitar la presencia de veedores del Consejo Profesional durante el procedimiento, sin que ello implique suspenderlo”.
En otras palabras, un juez que al investigar un delito se encuentre ante la necesidad de allanar un estudio contable, le “debe dar aviso” al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, para que el organismo pueda nombrar veedores que actúen como testigos de la medida, si el titular del estudio así lo requiere.
El asunto despertó suspicacias porque si el “aviso” se produjera con anterioridad al allanamiento, se abriría la posibilidad de que el interesado o terceras personas retiraran del lugar, ocultaran o destruyeran la evidencia que el juez está buscando.
La polémica adquirió otra dimensión cuando se conoció el texto del proyecto impulsado por el Consejo de Ciencias Económicas, que era distinto al que finalmente se sancionó, justamente en ese punto.
Según los contadores, en caso del allanamiento a un estudio contable “la autoridad competente que hubiere ordenado la medida deberá notificarla al Consejo Profesional, indicando lugar, fecha y hora en la que habrá de llevarse a cabo”, mientras que “a solicitud del profesional, el Consejo Profesional deberá designar dos (2) veedores como máximo, quienes presenciarán el procedimiento respectivo”.
En ese caso, no quedaba ninguna duda de que el riesgo de perder evidencia se incrementaba, porque el juez estaba obligado a anticipar “lugar, fecha y hora” del procedimiento.
Sin embargo, el texto fue modificado en comisión y se acordó el proyecto que finalmente los legisladores sancionaron el martes.
“No es que hay que avisar al Consejo antes de allanar, como requisito previo. Es una previsión parecida a la que tiene la ley del ejercicio de la abogacía. Cuando realiza la medida, el juez le informa al Consejo que se está dando comienzo a un allanamiento de un estudio contable, y el Consejo puede o no enviar un veedor para que sea testigo. Ni el Consejo ni el veedor pueden alterar el allanamiento”, explicó a EDFM uno de los legisladores que votó a favor del proyecto.
Otro de los parlamentarios, el radical Oscar Rubunos, agregó que el argumento principal de los contadores es que cuando se produce un allanamiento, los investigadores judiciales “suelen llevarse la información de todos sus clientes, y hasta incluso las computadoras enteras”.
“Lo que se pretende es que solo se lleven lo que están buscando, salvo que el investigado sea el estudio en sí mismo, porque de lo contrario se ponen en riesgo intereses de personas ajenas al proceso judicial, al operar por ejemplo el vencimiento de impuestos o presentación de declaraciones juradas, y también cuestiones relacionadas al secreto fiscal”, amplió Rubinos.

¿Y otras profesiones?

Más allá del texto final con el que se aprobó el proyecto de ley, el debate subsiste: ¿está bien que se le avise al Consejo de Ciencias Económicas ante cada allanamiento a un estudio contable?
¿Qué sucedería si a pesar de la redacción actual, un juez no procediera con la pericia necesaria y avisara a los contadores antes de dirigirse al lugar del procedimiento, o de una forma que posibilitara alterar o suprimir las pruebas que se están buscando?
Los abogados cuentan con un sistema similar para los estudios jurídicos y ahora se suman los contadores. ¿Hay otras profesiones colegiadas o no, que podrían exigir el mismo trato?
Por ejemplo: si un juez allana un establecimiento médico, ¿no debería notificar (por las mismas razones) a la asociación de profesionales médicos que corresponda?
Respecto de los contadores, hay antecedentes legislativos que juegan a favor de lo sucedido en Tierra del Fuego: la ley 3.418 de la Ciudad de Buenos Aires (sancionada el 31 de mayo de 2010) contempla que “en caso de allanamiento o registro del profesional, la autoridad competente que hubiere dispuesto la medida deberá dar aviso de ella al Consejo al realizarla, y el profesional podrá solicitar la presencia de un miembro del Consejo directivo durante el procedimiento, sin que ello implique suspenderlo“.
El texto es similar al sancionado el martes en la Legislatura fueguina, salvo que se aclara que el aviso debe concretarse “al realizar” el allanamiento, es decir, mientras se realiza. La ley fueguina no aclara taxativamente el momento en que el procedimiento debe ser comunicado.
No obstante, hay quienes se niegan a equiparar el caso de los contadores, al de los abogados u otros profesionales.
“En el caso de los abogados, lo que se protege es el derecho de defensa, porque si un abogado defiende a un cliente, y por medio de un allanamiento le sacan la prueba que le confió el cliente, en realidad están alterando la defensa del profesional. En el caso de los contadores, por ejemplo, ante un caso de lavado de dinero, son una parte central del delito. Entonces al avisarle no está de por medio la garantía de defensa o el secreto profesional, sino que está en juego una medida para esclarecer el ilícito”, explicó a EDFM un letrado que pidió reserva de su identidad.
Por su parte un juez de la provincia, que también solicitó no ser identificado, realizó la misma diferenciación, y no dudó en catalogar a la ley de los contadores como “una barbaridad” y “otra muestra de corporativismo”.

Ricardo Chiarvetto, titular del Consejo de Ciencias Económicas:

“No tenemos 100 computadoras por estudio”

El presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Ushuaia (y vicepresidente del organismo a nivel provincial) Ricardo Chiarvetto explicó ayer a EDFM que el objetivo central de la regulación de allanamientos es “impedir que en una medida judicial se lleven la totalidad de los datos y documentos resguardados en un estudio, en lugar de los que conciernen únicamente a la persona investigada”.
“Lo habitual en los estudios es que dentro de una misma computadora o disco rígido se encuentre la información de decenas de clientes. No hay cien computadoras. Si secuestran esa base de datos se llevan declaraciones juradas por presentar, información sujeta a secreto fiscal o vinculada a organismos nacionales. Y el profesional no puede seguir trabajando”, detalló Chiarvetto.
En relación al texto del proyecto de ley presentado a la Legislatura, donde se proponía que el juez informara con antelación “lugar, fecha y hora del allanamiento”, señaló que “eso no era lo importante”, porque “lo que perseguíamos es que un veedor del Consejo pueda participar del operativo en el momento en que el juez disponga, para poder observar lo que suceda. Nada más que eso”, indicó.
Chiarvetto admitió que como la iniciativa se sancionó hace pocas horas todavía no había accedido al texto final con el que el proyecto fue sancionado.
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