La Fiscalía de Estado pidió adecuar el encuadre legal de los mayores costos
Nueva sede del Superior Tribunal de Justicia

La Fiscalía de Estado pidió adecuar el encuadre legal de los mayores costos

En función de la adenda al convenio original firmado entre la Provincia y el FFIR, surge una controversia respecto a las leyes por las que se autoriza el financiamiento de los 30 millones de pesos extras. De todas maneras el organismo de control no objetó el nivel de endeudamiento, considerando que no existe impedimento financiero alguno.
06/06/2019
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a Fiscalía de Estado resolvió a favor del endeudamiento extra de 30 millones de pesos para hacer frente a los costos que se deben afrontar para la construcción de la sede del Superior Tribunal de Justicia, aunque solicitó que se corrija una cuestión formal respecto a la ley por la que se autoriza el financiamiento.
El monto inicial de la obra, calculado en 91 millones 537 mil 562 pesos; fue encuadrado en las operaciones de créditos autorizadas en el articulo 27 de la ley 959, por cual se aprobó el calculo de recursos y gastos para el ejercicio económico del año 2014. Con este respaldo legal, la Provincia suscribió con las autoridades del Fondo Federal Fiduciario de Infraestructura Regional FFIR, el convenio pertinente.
En su momento, la Fiscalía de Estado se expidió sobre el convenio, aconsejando en aquella oportunidad que se de intervención a la Legislatura, en cumplimiento con lo previsto en la Constitución Provincia, respecto al límite de endeudamiento que establece el articulo 70 y además por tratarse de una operación financiera que merece una ratificación de la cámara legislativa, según articulo 135 de la Carta Magna.
Pero, el Fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, advirtió que con posterioridad a esa intervención, el Poder Ejecutivo celebró un acta compromiso donde el FFIR se comprometió a incrementar la asistencia financiera por la suma de 30 millones de pesos, a partir de enero de 2018.
El convenio de mutuo entre las partes sufrió una modificación respecto del encuadre jurídico utilizado por el Poder Ejecutivo, toda vez que la Legislatura al tratar el asunto decidió imputar el financiamiento solicitado no dentro de la ley 1061 (presupuesto provincial 2016), como lo habían previsto las partes; sino dentro de la autorización contenida en la ley de presupuesto 2014 (ley 959).
La controversia legal fue advertida al momento que el Ministerio de Economía remitió las actuaciones a la Fiscalía de Estado para que se obtenga la autorización de endeudamiento ante el Ministerio de la Nación, en el marco de la ley de responsabilidad fiscal.
Además, surge de las actuaciones que en su momento la Legislatura le indicó al Poder Ejecutivo que gestionara la modificación de la parte pertinente del articulado del convenio que hacia referencia concreta al encuadre normativo de la financiación.
De todas maneras, considerando que tanto el convenio original como la adenda, no superaría el límite del 25% de los recursos ordinarios del Estado Provincial y que tanto la Contaduría General, la Secretaría Legal y Técnica; y el Tribunal de Cuentas de la Provincia se expidieron sin poner objeciones que impidan llevar adelante el endeudamiento; el Fiscal de Estado entiende que no hay impedimento para avalar el convenio y su adenda; de acuerdo a lo que surge del dictamen 2/2019, fechado el pasado 22 de mayo y firmado por el doctor Virgilio Martínez de Sucre, Fiscal de Estado.

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