El Gobierno pidió quitar el trámite de urgencia
Modificación legal del Laboratorio del Fin del Mundo

El Gobierno pidió quitar el trámite de urgencia

El Poder Ejecutivo solicitó a los legisladores se deje sin efecto el trámite de urgencia que había aplicado al proyecto que impulsaba modificaciones a la ley de creación del Laboratorio del Fin del Mundo. A partir de ahora, la iniciativa del Ejecutivo seguirá el trámite normal de sanción de leyes.
07/11/2019
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in precisar las razones que motivan su solicitud, el Poder Ejecutivo requirió a la Legislatura que deje sin efecto el trámite de urgencia con el que había remitido el pasado martes 15 de octubre el proyecto de modificación de la ley de creación del Laboratorio del Fin del Mundo.
La decisión del Ejecutivo se anticipa así a la anunciada en igual sentido por los parlamentarios que integran la comisión de presupuesto durante la reunión mantenida a fines del mes pasado.
Más allá de ello, si la Legislatura no disponía en sesión quitar el trámite de urgencia antes del miércoles 27 del corriente, a partir de ese día el proyecto se tendría por aprobados por el simple paso del tiempo.
A entender del Gobierno, el proyecto en cuestión venía corregir algunos aspectos de la ley 1136 que había han generado controversia en cuanto al marco normativo que rige el funcionamiento del Laboratorio del Fin del Mundo.
Por ello propone que “el aumento de capital social que supere el quíntuplo de su monto será considerado y resuelto por Asamblea Extraordinaria de Accionistas”, ya que el artículo original sólo contempla la posibilidad de aumentarlo “por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto” inicial.
También contempla que la Asamblea de accionista pueda modificar la integración del Directorio y la duración del mandato de sus integrantes. La ley vigente determina un Directorio compuesto por 3 miembros, con mandato por 3 años que podrán ser reelegibles siempre que no excedan 3 ejercicios.
Además, elimina la intervención tanto del Poder Ejecutivo como del Tribunal de Cuentas en la aprobación del reglamento de compras y contrataciones del Laboratorio.
Para dar por superada toda controversia respecto del marco normativo aplicable a la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria creada a mediados de diciembre de 2016, el Ejecutivo propone que “no serán de aplicación a esta Sociedad ninguna de las disposiciones legales o reglamentarias vinculadas a la Administración provincial o al patrimonio público o privado del Estado provincial, en particular las leyes provinciales de Administración Financiera, de régimen general de contrataciones y las de creación de la Caja de Jubilaciones y de la Obra Social”, de manera tal de que quede claramente definido que “en sus relaciones laborales, societarias y contractuales, la Sociedad se rige exclusivamente por las normas de derecho privado y Ley de Contrato de Trabajo” y que “en sus relaciones contractuales con otros organismos públicos se le aplicarán aquellas normas de derecho público que correspondan”. Y pare evitar cualquier tipo de polémica respecto de la cuestión laboral que se pudiera suscitar para atrás, el proyecto determina que las modificaciones propuestas deben ser consideradas “ampliatorios del texto original (…) por lo cual su aplicabilidad se retrotrae al momento de la sanción” de la ley 1136.

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