través de la Resolución 799, el Ministerio de Salud de la provincia dispuso exceptuar del aislamiento social, preventivo y obligatorio, a la actividad del servicio doméstico en la provincia en el marco de la cuarentena administrada, con un protocolo riguroso a cumplir, tanto por la parte empleada como el empleador.
De acuerdo a lo que se dispuso en el protocolo, cada trabajador o trabajadora de limpieza en casas de familia deberá suscribir y enviar la Declaración Jurada a [email protected] o presentarla personalmente en las oficinas del Ministerio de Trabajo. Lo mismo deberá realizar el empleador, indicaron las autoridades de dicha cartera.
La Resolución 799 establece que, si luego de conformar la Declaración Jurada de Salud, el trabajador presenta alguno de los síntomas asociados al COVID-19, deberá abstenerse de concurrir a cualquier trabajo y comunicar inmediatamente su situación al 107.
Quien preste el servicio debe llevar un registro en planilla de papel con detalle de los domicilios y teléfonos de contacto a los que concurre.
Una vez en el domicilio, y en un sector que le indique el empleador, deberá quitarse la protección respiratoria utilizada en la vía pública, higienizarse las manos, pulverizar su ropa de calle y el calzado con solución desinfectante, colocarse la ropa de trabajo y el equipo de protección personal.
La tarea debe realizarla con protección respiratoria y guantes descartables además de limpiar y desinfectar sus manos y utensilios de limpieza antes de comenzar la jornada, periódicamente y al finalizar la misma. Deberá respetar siempre el distanciamiento social dentro el domicilio.
Responsabilidades del dueño de casa
Por su lado, el o la titular de la vivienda deberá solicitar a la trabajadora o trabajador copia de la Declaración Jurada de Salud, efectuar previamente la ventilación de la casa con ventanas abiertas, prever un lugar para que el/la trabajador/trabajadora, se cambie y deposite sus pertenencias, previsto con bolsas de residuos o recipientes para desechos descartables.
Asimismo deberá facilitar el acceso a una fuente de agua potable, provista con jabón, solución desinfectante, toallas de papel descartables y recipiente para residuos.
Todos los moradores de la vivienda deberán organizar su desplazamiento dentro de la vivienda de manera de no entorpecer la labor del trabajador, preservando siempre el distanciamiento social. Durante el tiempo que duren los trabajos, nadie debe fumar o vapear en el interior de la casa.
Declaración jurada del empleado y del empleador
Asimismo, se informó que el empleador deberá suscribir y enviar la Declaración Jurada al mail: [email protected] o presentarla en el Ministerio de Trabajo.
La mencionada Declaración Jurada al igual que detalles del protocolo que tanto el empleado/a, como empleadora/or deben tener en cuenta y cumplir, pueden consultarlo en: https://www.tierradelfuego.gob.ar/protocolo/; o bien en las redes oficiales del Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo ó del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos. La misma se puede descargar de: https://m.facebook.com/SaludTDF; https://m.facebook.com/trabajotdf; https://m.facebook.com/MinGobiernoJusticiayDDHHTDF/;
Es importante aclarar que la Declaración Jurada, incluso, puede ser escrita y presentada en manuscrito de puño y letra.