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Miercoles 19 de Junio, 2013

AÑO XIX - Edición 04483

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09/08/2012 | JUDICIALES
CONCEJO DELIBERANTE DE USHUAIA

La Cámara de Apelaciones confirmó cautelar del juez Penza

La sala Civil, Comercial, Laboral y del Trabajo de la Cámara de Apelaciones de la Provincia ratificó la sentencia interlocutoria del magistrado Guillermo Penza, respecto del conflicto en el Concejo Deliberante de Ushuaia. La cautelar suspendió los efectos del decreto PCD 141/10, el decreto PCD 019/11, el acta de comisión paritaria de fecha 12 de abril de 2011, las ordenanzas Nº 3940 y 3941, los decretos municipales 600 y 601 y los actos administrativos dictados en su consecuencia hasta la fecha.

La Cámara de Apelaciones de la Provincia ratificó la sentencia interlocutoria (medida cautelar) dispuesta por el magistrado Guillermo Penza el 2 de septiembre del año 2011, donde ordenó la suspensión de los efectos del decreto PCD 141/10, el decreto PCD 019/11, el acta de comisión paritaria de fecha 12 de abril de 2011, las ordenanzas Nº 3940 y 3941, los decretos municipales 600 y 601 y los actos administrativos dictados en su consecuencia.
Cabe recordar que esta cautelar fue apelada por el Concejo Deliberante, no así la presentada en primera instancia por APEL, la cual ya había quedado firme.
No obstante, este fallo de la Sala Civil, Comercial y del Trabajo de la Provincia que ratifica lo decidido por el juez de Primera Instancia, a su vez cuestiona que “a pesar de evidenciarse las irregularidades en las que se incurrió en el dictado del decreto N°004/11 y la resolución del Ministerio de Trabajo que dio por violatorio de la normativa laboral vigente, el Concejo Deliberante de Ushuaia continuó ejecutando el decreto en crisis, pese a la intimación de la cartera laboral para que cumplimentara con las prerrogativas dispuestas en el Convenio Legislativo Municipal de Empleo” y esgrime que “existió un decreto, el 004/11, y que el mismo se ha originado sin tener en cuenta en la negociación y/o reunión paritaria al gremio habilitado para tal circunstancia, en este caso SOEM, ocasionándole a este un grave perjuicio al no poder participar en una reunión paritaria cuando era el habilitado para hacerlo por poseer la representación gremial prevista en la ley 23551”.
El fallo unánime fue firmado por los jueces Ernesto Löffler y Josefa Haydé Martín, ya que el magistrado Francisco Justo de la Torre se encuentra en uso de licencia. Asimismo, se impuso las costas a la parte que interpuso la apelación ya que no hubo oposición.

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RECAUDACIÓN TRIBUTARIA PROVINCIAL

154,9 millones de pesos en el quinto mes del año

La recaudación tributaria creció el mes pasado un 8,8% respecto de abril y un 66,2% en comparación con mayo del año pasado. Durante los primeros 5 meses de 2013, los ingresos por recaudación propia alcanzaron los 625,7 millones de pesos, un 49,5% más que los 418,3 millones percibidos en igual período de 2012.

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