Juicio por tala de árboles en el Parque Nacional

Probation para los tres acusados

08/08/2012
E
l juez Federal de Ushuaia, Federico Calvete, aceptó aplicar una probation, o suspensión del juicio a prueba, contra los tres acusados de usurpar un tercio de hectárea del Parque Nacional Tierra del Fuego y talar ilegalmente más de 200 ejemplares de lengas y guindos durante un incidente que tuvo lugar en el año 2005.
Los tres implicados habían sido contratados por Patagonia Spirit, una empresa que se propuso abrir una senda de unos cuatro metros de ancho para unir la Ruta 3, a la altura del ingreso al parque, con la Bahía San José en la costa del Canal Beagle. Al parecer la compañía tenía como proyecto la construcción de un hotel costero al que se accediera únicamente por vía marítima, sirviendo la senda únicamente para abastecer de insumos al establecimiento mediante la utilización de vehículos de doble tracción.
Sin embargo, a mediados de 2005, un grupo de guardaparques detectó que la traza del camino de 2202 metros de longitud se introducía en tres oportunidades dentro de los límites del área natural protegida, invadiéndolo en un total de 379 metros.
Las autoridades del parque descubrieron, y luego fue corroborado por la Justicia, que para ello se habían roto alambrados (en los lugares donde existían) y también mojones que determinaban el límite del predio protegido.
De acuerdo a distintas pericias, como consecuencia de este accionar se talaron entre 216 y 255 árboles de diferentes diámetros. Un estudio determinó, inclusive, que para construir el camino se afectaron 216 metros cúbicos de madera, 121 de lenga y 95 de guindo.
Según el testimonio de los guardaparques Bárbara Varela y Velino Macaya, el 6 de junio de 2005 a las 10.30 descubrieron mientras recorrían la zona que un alambrado estaba cortado y abierto en un tramo de dos metros, en tanto que luego de cruzar un arroyo e iniciar lo que se conoce como “segunda trepada” observaron la primera picada hecha con cortes de motosierra, de unos 12 metros de ancho y 80 metros de longitud. Una situación similar se constató más adelante, con invasiones de hasta 100 metros de largo en una traza que serpenteaba el límite con el parque.

La empresa

El titular de Patagonia Spirit fue identificado como Juan José Drago, quien el 4 de octubre de 2004 le compró la fracción de tierra lindante al Parque Nacional a la empresa Luciano Preto y Compañía, por un valor de 50 mil dólares.
Drago estuvo imputado en el expediente judicial (incluso fue procesado en primera instancia) pero la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia revocó luego esa decisión en el entendimiento de que no fue demostrado que el empresario intervino en la decisión de usurpar una fracción del parque y producir la tala.
“No se marcó ningún elemento que indique que el nombrado haya tenido una participación activa en la invasión y la producción de daños, ni que haya tenido algún poder de disposición en la adopción de la medida ilícita llevada a cabo por las personas por él contratadas”, resolvió el fallo de Cámara.
Otro argumento de defensa que usó Drago fue que el límite entre su terreno y el parque se encuentra sujeto a discusión judicial, ya que también en 2004, representantes de la empresa Luciano Preto presentaron un recurso administrativo reclamando parte del actual sector ocupado por el área protegida. Si bien la Administración de Parques Nacionales rechazó el reclamo, aún persiste un juicio Civil por ese tema. Se discute allí un supuesto error en la traza y amojonamiento del límite Este del parque realizada en 1966 por el técnico Emilio Dalponte, de allí que se conozca a esa franja como “límite Delponte”.
Sin embargo, al evaluar la usurpación y el daño ocasionado al bosque, la Justicia Federal consideró que más allá de la discusión por el límite Delponte, no cabe duda que al momento de abrirse el camino había un límite marcado físicamente, equivocado o no, que debió ser observado y respetado por los imputados.

Los imputados

Al caerse la imputación contra Drago, la Justicia avanzó en las responsabilidades del ingeniero Ricardo Bianciotto, responsable profesional y técnico del proyecto “senda de acceso a Bahía San José”. También cargó contra Horacio Burgos, el agrimensor que intervino en la obra, y contra Orlando Rubén Mansilla Ruiz, el maestro mayor de obras que ejecutó los trabajos.
El juez Calvete determinó que todos ellos, aunque con procesamiento firme por los delitos de usurpación y daño agravado, podían suspender el juicio a prueba pagando entre todos $57.668,14 (que es el supuesto daño forestal producido) además de comprometerse a realizar 100 horas de tareas comunitarias no remuneradas y someterse a ciertas reglas de conducta.
Aún así, la probation no está firme porque fue apelada por la Fiscalía Federal, cuyos integrantes no están de acuerdo con la aplicación de ese beneficio.
Entre otros argumentos consideran que la reparación del daño en dinero no se corresponde con la realidad, teniendo en cuenta que se destruyeron árboles de 200 años de antigüedad en los que la Administración de Parques Nacionales invirtió recursos para su cuidado desde 1960.

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