Coseguros en Salud

Nación desmintió con dureza a la legisladora Andrada

01/09/2014
E
l Ministerio de Salud de la Nación emitió un duro comunicado de prensa desmintiendo las “improcedentes y falaces” declaraciones de la legisladora del MPF Claudia Andrade –quien preside la Comisión de Salud del Parlamento provincial–, a quien cuestionan por haber “tergiversado” lo conversado en una reunión que mantuvo con integrantes de la Unidad de Financiamiento Internacional (UFIs) de dicha cartera en torno al cobro de coseguros en los hospitales públicos fueguinos.
En declaraciones a la prensa, defendiendo el proyecto de su bancada que propone el cobro de coseguros a los pacientes para financiar a los hospitales públicos, Andrade había manifestado que en un trabajo realizado con funcionarios provinciales “se constató la viabilidad del coseguro exclusivamente en hospitales regionales, dejando de lado los Centro de Atención Primaria, todo con el fin de no dificultar el desarrollo de planes y programas a nivel nacional”.
También mencionaba que “me reuní en Buenos Aires con el doctor Francisco Preston de la Unidad de Financiamiento Internacional, y con la licenciada Silvia Prieri, coordinadora de Monitoreo y Evaluación UFI del Ministerio de Salud de la Nación”, encuentro en el que “luego de un rico intercambio de información sobre la normativa vigente se llegó a la conclusión que podría operar efectivamente el coseguro en los hospitales regionales sin menoscabar los acuerdos mantenidos entre la Provincia y Nación”.

Todo lo contrario

Esos conceptos fueron los que generaron la respuesta desde el Ministerio de Salud de la Nación.
Desde la cartera se observó que “tales declaraciones resultan improcedentes y falaces, toda vez que las mismas han tergiversado de manera absoluta lo informado en dicha oportunidad por la Coordinadora de Monitoreo y Evaluación y el asesor legal de la UFIs”.
También se recordó que durante la reunión “se manifestó a la señora legisladora las implicancias y alcances legales que generarían para la propia Provincia la sanción de una Ley que fijase el arancelamiento de la atención pública en los centros de salud, todo lo cual implicaría el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Provincia de Tierra del Fuego en oportunidad de suscribir el respectivo Convenio de Adhesión con la Nación en el marco de los Programas FEAPS – REMEDIAR + REDES; principalmente en el suministro de medicamentos y transferencias por incentivos que la Nación realiza a dicha Provincia”.
El Ministerio remarcó que “se hizo saber (a Andrade) que el incumplimiento en que incurriría la Provincia se haría extensivo al Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles (CRÓNICAS)”, el cual “tiene por objeto contribuir al cumplimiento de las metas de reducción de la morbimortalidad por Enfermedades Crónicas No transmisibles del Plan Federal de Salud (PFS), promoviendo el modelo de cuidado de pacientes con enfermedades crónicas, con enfoque de atención primaria y a través del funcionamiento de redes integradas de servicios, mediante una estrecha coordinación entre los niveles federal, provincial y local, toda vez que dicho Convenio de Adhesión, también dispone expresamente en su cláusula decimo novena, numeral siete, que la Provincia se obligará entre otras cuestiones, a ‘garantizar la gratuidad en el acceso a los medicamentos esenciales, servicios, prestaciones asistenciales y acciones de prevención de enfermedades y promoción de la salud brindados por los servicios públicos de salud”.
Del mismo modo, “se le manifestó (a la legisladora del MPF) que la Nación, a instancias de la UFIs, cursó una nota formal a las autoridades sanitarias provinciales, solicitando al
Ministerio de Salud Provincial, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley provincial, tener a bien arbitrar las medidas correspondientes, tendientes a continuar garantizando la gratuidad en el acceso a los medicamentos esenciales, servicios, prestaciones asistenciales y acciones de prevención de enfermedades y promoción de la salud, brindados por sus servicios públicos de salud, todo lo expuesto, no sólo en virtud de las obligaciones asumidas por la Provincia en oportunidad de suscribir el Convenio Marco de Adhesión del Programa FEAPS, sino también de las obligaciones a asumirse por la Provincia en oportunidad de suscribirse el convenio de Adhesión del Programa CRONICAS”.

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