Conformidad del diputado fueguino Martín Pérez

Dictamen favorable para proyecto de régimen previsional para ex combatientes de Malvinas

02/12/2014
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as comisiones de Previsión y Seguridad Social, Defensa Nacional y Presupuesto de Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación dieron ayer dictamen favorable al proyecto por el cual se crea un “régimen previsional especial” para los ex combatientes de la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.
El avance de la iniciativa impulsada por el bloque del Frente para la Victoria fue celebrado por el diputado Martín Pérez, quien participó y acompañó el proyecto en su calidad de miembro de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.
El representante del FpV manifestó que “este proyecto es un merecido reconocimiento a nuestros héroes de Malvinas, para nosotros los fueguinos la Causa Malvinas es parte de nuestra identidad y por eso es una alegría poder impulsar este proyecto”.
El texto del proyecto establece que el régimen especial será de “carácter excepcional y optativo para los ciudadanos que cumplan con la condición de ex soldado conscripto combatiente de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hubieren participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas”.
Entre los requisitos que contempla la iniciativa se destaca haber cumplido los 53 años de edad al momento de solicitar el beneficio o acreditar 30 años de aportes previsionales. A su vez, se especifica que el haber de la prestación no podrá ser en ningún caso menor que el equivalente a dos jubilaciones mínimas y estará sujeto a los aumentos de la movilidad jubilatoria.
Tal como se menciona en los fundamentos del proyecto, este no busca otorgar un beneficio para “pagar el honor de servir a la Patria, porque eso están llamados los ciudadanos argentinos, cuando se los convoca para defender la soberanía. El fin perseguido es el de honrar a quienes ofrecieron hasta su vida, real o simbólicamente, en la lucha y participación en ella cumpliendo su obligación ciudadana (Artículo 21° de la Constitución Nacional)”.

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