Nuevo Proyecto de Servicio Público Municipal

Transporte y distribución de gas envasado en Ushuaia

29/07/2015
L
a concejal de Ushuaia, Viviana Guglielmi (UCR) presentó la semana pasada un proyecto de ordenanza que busca declarar como Servicio Público Municipal el transporte y distribución de gas envasado, con el objetivo de satisfacer una necesidad básica de los habitantes de la ciudad que requieren tal elemento para calefaccionar sus hogares, que podrá realizarse por administración del propio Municipio o por concesión a prestadores privados.
La referente del oficialismo consideró, respecto del gas envasado, que “aun cuando la provisión y comercialización no es un tema de competencia municipal, sí es cierto que la Municipalidad –incluido el Concejo Deliberante- no puede permanecer ausente en la búsqueda de soluciones y aportes para ayudar a facilitar el acceso de las familias que lo requieran al vital elemento, que podrá ser prescindible en otros puntos geográficos pero resulta indispensable para la salud y el desarrollo de quienes habitamos nuestra provincia”.

“La intención es generar el debate entre concejales, Ejecutivo actual y la próxima gestión”

En diálogo con EDFM, la concejal Viviana Guglielmi explicó que la propuesta de su autoría busca “generar el debate que amerita esta problemática en nuestra ciudad, en conjunto entre los concejales, con participación del Ejecutivo municipal actual y quienes asumirán en diciembre próximo, ya que una decisión de esta magnitud requiere el acuerdo de todos los que nos preocupamos por el bienestar de los vecinos” indicó.
La iniciativa de la edil radical surgió a partir de la problemática planteada por numerosos vecinos en los últimos días, respecto a la provisión y distribución de gas envasado en viviendas que no cuentan con gas natural. “La gente tiene problemas y nosotros debemos seguir trabajando atendiendo sus necesidades hasta el último día de nuestra gestión, más allá de que nos encontremos en un período de transición de Gobierno” aseguró Guglielmi.
El proyecto de ordenanza para declarar el transporte y la distribución del gas envasado como Servicio Público Municipal se suma a la solicitud presentada recientemente por vecinos y asociaciones de la ciudad que advirtieron sobre la importancia de contar con el vital elemento.
La concejal Guglielmi presentó además un proyecto de ordenanza para que el Ejecutivo local defina un circuito prioritario en los sectores de asentamientos habitacionales pendientes de ser urbanizados y aquellos que aun estando urbanizados no cuenten con red de gas natural, para garantizar la accesibilidad de los transportes especiales de distribución del gas envasado, que deberá contar con mantenimiento permanente durante todo el año.

Fundamentación normativa

El proyecto presentado recientemente en el Parlamento capitalino se funda en la provisión de servicios públicos establecida en la Carta Orgánica Municipal (COM). El artículo 100º de la máxima normativa local indica que “se consideran servicios públicos de competencia municipal todos aquellos que satisfagan necesidades básicas de los habitantes radicados en el ejido municipal, respetando las jurisdicciones reservadas al Estado Nacional y Provincial”, lo que sería aplicable al transporte y la distribución de gas envasado.
En tanto el artículo 101º de la COM afirma que “el Municipio ejerce el control, seguimiento y resguardo de su calidad, procura la defensa y protección de los derechos de los usuarios y consumidores, garantiza la prestación de los servicios públicos municipales indispensables y asegura las condiciones de continuidad, generalidad y accesibilidad para los usuarios” a lo que se suma lo establecido en el artículo 68º, “el Municipio presta por sí o a través de efectores, los servicios de salubridad e higiene que fueran necesarios”.
El proyecto de ordenanza presentado por la concejal Viviana Guglielmi cita además el artículo 37º de la Carta Orgánica, que establece las competencias exclusivas del Municipio, entre ellas “prestar los servicios públicos de naturaleza e interés municipal; regular en materia de tránsito, transporte urbano público o privado de personas o cosas” y el artículo 152º, sobre funciones del Intendente, “organizar y prestar servicios públicos; fiscalizar a todas las personas físicas o jurídicas que exploten concesiones de servicios públicos” entre otras.
En tanto el Concejo Deliberante de Ushuaia tiene, entre sus deberes y atribuciones, la reglamentación por ordenanza de la prestación de servicios públicos, el tránsito de vehículos y el transporte de cosas, de acuerdo al artículo 125º de la COM. A ello se suman los artículos 27º; 38º; 41º; 42º y 59º sobre derechos, garantías y competencias municipales que justifican la existencia o creación de Servicios Públicos en Ushuaia.

Cláusulas transitorias para la implementación del nuevo Servicio Público Municipal

El proyecto de ordenanza otorga al Ejecutivo municipal un plazo de seis meses desde la promulgación de la norma, para presentar ante el Concejo Deliberante una propuesta de modalidad de prestación del Servicio Público de transporte y distribución de gas envasado.
La propuesta debería incluir la determinación del área de cobertura, circuitos, zonas, frecuencias necesarias y costos operativos; estudios económicos, financieros y de eficacia que demuestren las razones y conveniencia de optar por la administración y explotación del servicio en forma privada en comparación con la administración por personal municipal; pliegos licitatorios en caso de que la concesión sea la modalidad propuesta; procedimientos, recursos humanos y financieros previstos para el control de calidad y la fijación de un canon retributivo para incorporar a la ordenanza tarifaria municipal o de servicio en caso de concesión.
Etiquetas