Un juez anuló el dictamen fiscal que reivindicaba a los animales como “seres sintientes”
Causa por maltrato de perros en “Valle de Lobos”

Un juez anuló el dictamen fiscal que reivindicaba a los animales como “seres sintientes”

Javier De Gamas Soler procesó hace pocos días al encargado de ese complejo invernal, Walter Cayo, pero ahora trascendió que, además, el juez dictó la nulidad de un dictamen fiscal que rechazaba la mediación y la “probation” en el caso, por considerarlo infundado, a la vez que lo criticó por irrazonable. Según el magistrado, con el criterio del fiscal, ningún caso de maltrato animal podría llegar a mediación. “Se niega la mediación para los perros pero se la acepta para los humanos que también son seres sintientes”, razonó el juez.
19/09/2018
E

l juez de instrucción Javier De Gamas Soler “anuló” el dictamen del fiscal de Ushuaia Fernando Ballester Bidau que había catalogado a los animales como “seres sintientes”, en un pronunciamiento que había sido celebrado por entidades protectoras de animales como la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA).
Ballester Bidau había realizado esa clasificación legal al rechazar el proceso de mediación y la suspensión de juicio (o probation) en el caso del presunto maltrato a un grupo de perros alaskanos y siberianos alojados en el centro invernal “Valle de Lobos”.
De Gamas Soler procesó hace pocos días al encargado de ese complejo invernal, Walter Eugenio Cayo, pero ahora trascendió que, además, el juez dictó la nulidad del dictamen fiscal por considerarlo infundado, a la vez que lo criticó por irrazonable.
El magistrado recordó que según Ballester Bidau, al equiparar a los animales con las personas, como “se investiga la comisión delictual contra 87 canes víctimas, la pena máxima bien podría alcanzar a los 50 años de prisión”.
En ese sentido, De Gamas le recordó al representante del Ministerio Público que la ponderación de la posible pena debe realizarse “en abstracto” y sin considerar la reiteración de hechos, con lo que en función del delito investigado no podría superar “el año de prisión”.
“Existe un solo delito reprochado y una pluralidad de hechos, pero la pena máxima para el delito sigue siendo de un año de prisión”, refutó el juez.
Además, el titular del Juzgado de Instrucción se refirió a los argumentos fiscales para desechar un posible proceso de mediación.
Tuvo en cuenta que según Ballester Baidau, la muerte de 33 de los 87 perros resultaría de “imposible reparación”, mientras que “las 54 víctimas restantes tampoco podrían aceptar ningún tipo de reparación porque, a través de las mandas judiciales respectivas, el propio Estado se ocupó de garantizar su salud (…) resultando abstracto cualquier tipo de ofrecimiento de reparación”.
Para el juez, el fiscal no consideró que como Cayo había firmado un contrato con el dueño del lugar y de los perros, Pedro Curuchet, esta podría ser una persona con la que el imputado podría mediar, y también podría hacerlo con asociaciones protectoras de animales (como Patitas Tolhuin, denunciante del maltrato) o con la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia.
Sin embargo, la crítica más dura del magistrado hacia el dictamen fiscal es la que se refiere a que la muerte de animales es de “imposible reparación”.
“Según ese criterio, ningún caso donde se infrinja la ley 14.346 (de maltrato animal) podría quedar sujeta a mediación. El fiscal no explica los motivos que considera obstáculo para la reparación (…) Es decir, a criterio del fiscal, los animales como seres sintientes no podrían ser objeto del proceso de mediación, pero sí un humano, quien también resulta ser un ser sintiente. Es que no explica los motivos por los cuales el instituto (de la mediación) como medio para reparar el daño se aplica a seres humanos, pero no en el caso de los canes, que a todas luces son sintientes al igual que aquellos”, expresó.

“Se comían a los cachorros”

Más allá de las consideraciones sobre el dictamen fiscal, el procesamiento de Cayo incluye severas descripciones sobre el estado en el que se encontraban los perros en Valle de Lobos.
Por ejemplo, un testigo relató que vio morir varios perros por desnutrición, inclusive una perra que estaba encadenada, y observó que pese a la mala alimentación y cuidados veterinarios, se los obligaba a correr entre 10 y 12 vueltas por cada perro.
Otro testigo declaró que vio morir a tres perros semanas antes de una competencia, y que en febrero de este año, “observó a unos perros comiendo a su cachorro y a otros animales ingiriendo su propia materia fecal”, mientras que más ejemplares “no tenían agua y estaban atados con cadenas”, se encontraban en “estado calamitoso, flacos (10 kilos) sin masa muscular, con piojos y parásitos”. A su vez otro grupo se encontraba suelto en la Laguna Esmeralda “buscando alimentos que le pudieran dar los turistas”.
Una especialista de la ONG denunciante declaró en el expediente que “vio que los canes comían trapos y luego los defecaban, como así también observó a los perros esperando a que otro defecara para comer sus heces”.
“Se tiene debidamente acreditado que Walter Cayo no alimentaba en cantidad y en calidad suficiente a los animales que tenía a su cargo, que los hacía trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles el descanso adecuado y que eran empleados en el trabajo cuando no se hallaban en estado físico adecuado”, refiere el juez en el auto de procesamiento.
Y agrega que la disminución de ejemplares en Valle de Lobos “se debe a que han sucumbido ante la conducta de Cayo, y a que han perecido por falta de alimentación, atención médica y sobreexplotación”.

¿Regreso a la mediación?

Al rechazar la mediación y la probation, el fiscal Ballester Bidau había sostenido que resulta “de vital importancia velar por la protección de los animales y por un medio ambiente sano para el desarrollo del turismo local tan preciado en nuestra Provincia”, de forma que “todos los habitantes puedan gozar de sus beneficios”.
Así, consideró también esencial “salvaguardar la seguridad de los animales, siempre y cuando no dañen nuestro ecosistema, y en función de ello propugnar el rechazo de los mencionados institutos (se refiere a la probation y a la mediación) cuando violen sus derechos”.
De acuerdo al punto de vista del integrante del Ministerio Púbico, en la causa de Valle de Lobos es “indispensable la realización de un juicio oral y público” porque serviría de “escarmiento para aquellos que desprecian la vida ajena de los sujetos de derecho “sintientes”, que merecen vivir dignamente al igual que los seres humanos”.
Uniendo la jurisprudencia y la manda constitucional, el fiscal aseguró que los perros son “sujetos no humanos y titulares de derecho”, ya que “no son cosas, sino seres que piensan y sienten”.
“Es nuestro deber protegerlos, por lo que no hay dudas que son sujetos de derecho y que, por tal razón, han sido las únicas víctimas de maltratos sufridos”, aseveró.
No obstante, según trascendió de fuentes judiciales, el fiscal habría replanteado ahora su posición y estaría dispuesto a aceptar el giro de las actuaciones a la instancia de mediación.

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