Desestimaron investigación por la obra del “Polo Pioneros Fueguinos”
Justicia Penal

Desestimaron investigación por la obra del “Polo Pioneros Fueguinos”

El Juez de la causa resolvió rechazar el requerimiento fiscal luego de que las pericias técnicas contables e informes de la Sindicatura General, determinaran que no hubo perjuicio fiscal. “Más allá del procedimiento administrativo elegido para llevar adelante la obra, sus responsables no ocasionaron daño patrimonial al erario público, y por este mismo motivo tampoco se puede estimar que hubieren procurado para sí o para un tercero, un lucro indebido”, señaló el Magistrado.
05/10/2018
L

uego de comprobarse que no hubo perjuicio fiscal, el juez Javier De Gamas Soler resolvió rechazar el requerimiento fiscal que se había iniciado en 2016 en la causa penal iniciada a instancias de una auto denuncia del ex intendente Federico Sciurano y sus funcionarios; y la presentada también por la secretaria Legal de la Municipalidad de Ushuaia, Victoria Vuoto.
En su momento la causa iniciada por la fiscalía era para determinar si existió delito contra la administración pública, en circunstancias en que se llevó a cabo la obra del “Polo Deportivo y Cultural Pioneros Fueguinos”.
En su momento, al iniciar la causa, el fiscal Guillermo Mássimi, había dicho: “se inician las presentes, a raíz de la autodenuncia formulada en este Ministerio Público Fiscal, por parte de Federico Sciurano, Juan Rafael Munafó, Pablo Daniel San Pietro, Pablo Ramón Gómez y Griselda Noemí Mastropierro”. En ese momento Mássimi requirió que se investigue “si la conducta llevada a cabo por los nombrados podría un delito contra la administración pública, en circunstancias en que se llevó a cabo la obra del “Polo Deportivo y Cultural Pioneros Fueguinos” de esta ciudad, durante la gestión municipal del intendente Federico Sciurano, en su segundo mandato”.
Pero luego de informes de la Sindicatura Municipal y de pericias contables realizadas por el propio Poder Judicial, se determinó que no hubo perjuicio fiscal, y que el caso efectivamente detectó irregularidades administrativas.
En su rechazo el juez De Gamas Soler sostuvo que “se incurrió en numerosas irregularidades administrativas, conforme señalaran tanto los auditores de la Sindicatura General Municipal, como los peritos ingenieros y contadores intervinientes en la presente”.
En ese sentido el Magistrado manifestó que “si bien como se ha señalado, tanto la auditoría integral llevada a cabo por la Sindicatura General Municipal, como las pericias obrantes en autos, pusieron de resalto las irregularidades administrativas incurridas en la realización de la obra de marras; también surge de las mismas y de las declaraciones testimoniales de Moreyra y Montilla, que aún a pesar del “caos” administrativo, lo pagado se correspondió con lo efectivamente ejecutado; los contratos de locación de obra no superaron el jurisdiccional correspondiente; los materiales e insumos adquiridos y los equipos alquilados se correspondieron con los colocados y empleados en la obra”.
“Es decir, que más allá del procedimiento administrativo elegido para llevar adelante la obra, sus responsables no ocasionaron daño patrimonial al erario público, y por este mismo motivo tampoco se puede estimar que hubieren procurado para sí o para un tercero, un lucro indebido; por lo cual corresponde descartar que los indicados hubieren cometido la conducta descripta”, sostuvo el juez De Gamas Soler.

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