Una “mala actuación” de la apoderada del GEN había impedido la candidatura de Arcando
El fallo que autorizó la participación del partido en las PASO

Una “mala actuación” de la apoderada del GEN había impedido la candidatura de Arcando

Así lo consignó el juez Federal de Ushuaia, Federico Calvete, en el recurso de reposición que habilitó a la fuerza política por la que el vicegobernador fueguino se postula a senador. El GEN había quedado afuera por presentarse fuera de tiempo. Pero el juez tuvo en cuenta que una asamblea partidaria había decidido presentarse en las PASO como partido independiente, y que la ex apoderada “no presentó ese documento” en el juzgado.
28/06/2019
E

l juez Federal de Ushuaia con competencia Electoral, Federico Calvete, admitió que una “mala actuación” de la ex apoderada de “Generación para un Encuentro Nacional” (GEN) había impedido la inscripción en tiempo y forma de ese partido en las PASO de agosto, y por eso revirtió la posición original del juzgado y autorizó al GEN a participar, con lo que también se convalidó la candidatura a senador del actual vicegobernador Juan Carlos Arcando.
Según se desprende de los fundamentos del fallo, el GEN resolvió durante una asamblea del 14 de junio, participar de las PASO, pero la entonces apoderada del partido, Marta Lesnaberes, no presentó ese documento en la justicia.
“Se advierte un perjuicio contra la agrupación “Gen” en el distrito, por la mala actuación de quien fuera oportunamente su apoderada. Ello así, en función de lo expuesto por la agrupación en el acta de fecha 14 de junio de 2019, en la que resuelven las autoridades partidarias participar en el presente proceso electoral, documentación ésta que no fue debidamente acompañada por quien era su apoderada, cuando tenía instrucciones expresas de hacerlo ante este Juzgado Federal”, explicó Calvete en su resolución.
También agregó que como el juzgado no tenía conocimiento de lo decidido por el partido en asamblea, “y teniendo en cuenta las presentaciones efectuadas por la anterior apoderada, las que no cumplían los requisitos reglamentarios, es que se resolvió en consecuencia”, el rechazo de la inscripción del GEN.
Ante ello, el partido que tendrá en su boleta a la fórmula presidencial de Consenso Federal, integrada por Roberto Lavagna y Juan Manuel Urtubey, planteó un recurso de reposición el pasado lunes que fue resuelto al día siguiente por el juez federal.
“Ante los fundamentos expuestos por la agrupación política, y la documentación acompañada en tal sentido, que da cuenta de su voluntad de participar de la contienda electoral y, toda vez que, como se encuentra acreditado, la actitud de quien fuera apoderada partidaria, provocó un claro perjuicio en contra de la agrupación que debe ser atendido, puesto que por la mera omisión de un tercero no puede verse restringida la participación de la agrupación política en el presente proceso electoral, se deberá hacer lugar al planteo traído a estudio del suscripto por revestir el mismo circunstancias excepcionales y únicas”, afirma la sentencia.
Además, Calvete tuvo en cuenta que si bien los cronogramas electorales fijan plazos para llevar adelante las distintas etapas de la preparación de los comicios, esos plazos “hacen a la organización del proceso, más no pueden interpretarse como obstáculos para la participación de las agrupaciones políticas, máxime en circunstancias excepcionales, como las ocurridas”.
Y agregó que según la Cámara Nacional Electoral, “entre dos posibles soluciones debe primar aquella que mejor se adecue al principio de participación, rector en materia electoral (…) y en caso de duda, el intérprete debe inclinarse por la solución más compatible con el ejercicio de los derechos”.
En cambio, la Fiscalía Federal de Ushuaia dictaminó en el expediente en contra de la admisión del GEN, al sostener que “en materia electoral, los cronogramas fijados son irreversibles, improrrogables y perentorios, y que una vez cumplida esas etapas no pueden modificarse actos realizados ni realizar actos omitidos, con lo cual considero que no corresponde hacer lugar a lo solicitado por el partido “Gen” distrito Tierra del Fuego”, aseveró el dictamen del Ministerio Público que el juez no consideró.

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