Rige la exención impositiva para pequeños contribuyentes
Ley de Emergencia Económica

Rige la exención impositiva para pequeños contribuyentes

La medida que beneficia a más de 3700 contribuyentes del régimen simplificado, fue dispuesta de oficio por la AREF. De acuerdo a la agencia, dichos contribuyentes no tendrán que abonar los períodos de junio, julio y agosto del corriente año.
07/07/2020
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ando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Emergencia Económica, la Agencia de Recaudación Fueguina dispuso poner en marcha la eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a aquellos contribuyentes del régimen simplificado que no cuenten con una relación de empleo bajo dependencia por el término de 90 días.
De acuerdo a la información suministrada por la AREF, la medida alcanza a 3717 contribuyentes que no tendrán que abonar los períodos de junio, julio y agosto del corriente año.
Para acceder al beneficio, los contribuyentes alcanzados por la normativa no deberán realizar trámite alguno, más que ingresar al link https://www.aref.gob.ar/listado-de-cuit-beneficiarios-ley-1312-art-15/ para consultar si fueron incorporados a la eximición.
Aquellos contribuyentes que no se encuentren incluidos en el listado en cuestión, y que cumplan con los requisitos de ley,  deberán solicitar el beneficio mediante correo electrónico [email protected] indicando número de C.U.I.T.; nombre y apellido completos, y email declarado para contacto y remisión de respuesta.

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