Fondo solidario para contingencias sociales en el sector industrial
Fondo contracíclico industrial

Fondo solidario para contingencias sociales en el sector industrial

La propuesta presentada por la legisladora Myriam Martínez impulsa la constitución de un fondo específico para la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la crisis social desatada producto de contingencias tales como incendios, catástrofes naturales, quiebra u otras contingencias que afecten a las industrias fueguinas alcanzadas por el pago de la tasa de verificación de procesos productivos.
07/07/2020
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on la finalidad de contar con una herramienta financiera que permita “proveer de activos líquidos” para cubrir contingencias tales como incendios no intencionales, catástrofes naturales o quiebras “en las que se vean involucradas las industrias” obligadas al pago de la tasa de verificación de procesos productivos, la legisladora justicialista Myriam Martínez presentó, por séptima vez, un proyecto que propone la creación del Fondo Solidario de Contingencias Sociales y Ecológicas para el sector industrial.
La iniciativa define que el mencionado fondo específico se constituirá, fundamentalmente, con “el 3% de toda suma remanente, luego de la detracción fijada por ley, que el estado provincial recaude por la denominada tasa de verificación de procesos productivos”; “el resultado de las inversiones a plazo fijo” realizadas con esos recursos y los aportes que disponga el Tesoro Provincial. Además de la finalidad antes indicada, subsidiariamente parte de esos recursos económicos también podrán afectarse “al otorgamiento de créditos a tasas preferenciales a industrias alcanzadas por la ley para emprendimientos productivos que impliquen la generación de puestos de trabajo en la Provincia”.
Si bien el Ministerio de Producción y Ambiente es la autoridad de aplicación y responsable de la administración y el destino de los fondos, el proyecto crea un "Comité de Crisis" que será el organismo encargado de evaluar las solicitudes de asistencia presentadas.  Este comité será presidido por un representante del Ministerio de Producción y estará integrado por 3 representantes sindicales de gremios que representen trabajadores de las industrias comprendidas en la ley; 1 representante de la Unión Industrial Fueguina (UIF), 1 representante de la Asociación de Fábricas Argentinas de Terminales Electrónicas (AFARTE) y 1 representante de la Cámara Fueguina de la Industria Nacional (CAFIN).
 Entre las modalidades de cobertura previstas se contemplan las destinadas a pago de salarios, crédito para la reconstrucción de la industria y créditos para Emprendimientos Productivos.
Para la cobertura de salarios se prevé que si una industria se viera imposibilitada de hacer frente a los salarios de los trabajadores por enfrentar algunas de las contingencias previstas en la norma, y toda otra que determine el comité de crisis, se garantizará la percepción de una suma no mayor al 80% del salario neto percibido por los trabajadores el último mes, hasta un máximo de tres meses, quedando a cargo de la empresa los aportes y contribuciones a los distintos organismos de la Seguridad Social, como así también el saldo a fin de que el trabajador perciba íntegramente su salario.
Para reconstrucción de industria se contemplan créditos a devolverse en 24 cuotas mensuales a tasa cero y con seis meses de gracia.
En tanto que para créditos para emprendimientos productivos que generen nuevos puestos de trabajo, se autoriza al comité de crisis a desafectar hasta un 50% de los recursos existentes en el fondo para disponer préstamos a tasas preferenciales.

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