Cambio de figura societaria y ampliación de capital social
Legislatura - Terra Ignis Gas y petróleo

Cambio de figura societaria y ampliación de capital social

El proyecto de creación de la empresa provincial de hidrocarburos volverá a ser analizada hoy en comisión. Se trata de una modificación a la propuesta presentada el año pasado por el Ejecutivo.
09/09/2020
C

on la incorporación de algunos cambios que responden a observaciones formuladas por la oposición, la Comisión de Legislación General retomará hoy formalmente el análisis de la creación de la empresa Terra Ignis Gas y Petróleo.
Las principales modificaciones respecto del proyecto presentado por el Ejecutivo a fines del año pasado son el cambio de figura societaria, ya que de una sociedad anónima unipersonal (SAU) se pasó a una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria (SAPEM) y  la ampliación de 10 a 50 millones de pesos el capital social inicial.
La nueva propuesta también define que los 5 Directores (3 a propuesta del Ejecutivo y 2 por los bloques legislativos de la oposición), los síndicos y gerentes nombrados por el Gobierno Provincial “tendrán las mismas obligaciones y deberes que los funcionarios públicos”, no así los empleados de la empresa que se regirán “a todos los efectos, por la normativa pertinente del derecho privado” y conforme “al encuadramiento sindical acorde a la actividad y la ley contrato de trabajo”.
Si bien se mantiene sin cambios que las decisiones de “la sociedad no estarán sometidas a las normas y principios del derecho administrativo”, y que no estará alcanzada por las disposiciones de la ley de administración financiera  y sistema de control; de la de contrataciones del estado; de la de procedimiento administrativo, como así tampoco de las normas que regulan la administración, gestión, financiamiento, contratación y control de las empresas o entidades en las que la provincia tenga participación, se precisa que sí estará sometida al control externo del Tribunal de Cuentas “según las funciones y atribuciones” previstas en la ley de creación de ese órgano de contralor.
Otro de las modificaciones planteadas es la incorporación de un artículo que establece la obligatoriedad de que la empresa respete “el cumplimiento de los contratos, convenios y permisos otorgados oportunamente” como así también “el cumplimiento de las concesiones de generación y distribución de energía eléctrica, así como los contratos de concesión vigentes a la fecha de sanción de la ley”, más allá de que se faculta al Poder Ejecutivo a transferir a la empresa “los bienes  que considere necesarios  para su puesta en marcha y funcionamiento”.
En tanto que se eliminó el artículo que instruía a que la Fiscalía de Estado adopte “todos los recaudos conducentes para solicitar, de corresponder, la declaración de inconstitucionalidad de todas las normas federales que se opongan al libre ejercicio de los derechos de la Provincia”.

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