Justicia provincial

Desestiman denuncia contra el concejal Sciurano

25/10/2007
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a jueza de Instrucción de Segunda Nominación, María Cristina Barrionuevo, desestimó la denuncia que había presentado el periodista Héctor "Lito" Lavia contra el concejal y candidato a intendente Federico Sciurano por defraudación a la administración pública y enriquecimiento ilícito. La desestimación fue desestimada en primera instancia por la fiscal Karina Echazú.

La jueza de instrucción María Cristina Barrionuevo desestimó la denuncia que había presentado el periodista Héctor "Lito" Lavia contra el concejal Federico Sciurano por presunta defraudación a la administración pública y enriquecimiento ilícito.
Barrionuevo basó la desestimación en un dictamen de la fiscal Karina Echazú, quien consideró que la denuncia por supuesta defraudación al estado –por no haber pagado una deuda de patente de 1500 pesos– no configuraba un hecho delictivo por parte del edil. Asimismo rechazó la imputación de un presunto enriquecimiento ilícito por parte de Sciurano y señaló que dichas denuncias deben ser presentadas en la Fiscalía de Estado.
La Fiscal sostuvo que de acuerdo al Código Penal Tributario, la configuración del delito de evasión fiscal se constituye en determinados impuestos y cuando el monto supera los 100 mil pesos.
Por esta razón el no haber pagado la patente por una suma de 1500 pesos no constituye un acto ilícito. A lo sumo podría implicar una omisión cuestionada moral y éticamente por su condición de funcionario público.
En cuanto al supuesto de enriquecimiento ilícito, por haber saldado una deuda considerable con el Fondo Residual y el origen de los fondos, la fiscal consideró que dicha figura eventualmente debe ser presentada ante la Fiscalía de Estado como autoridad de aplicación, indicaron fuentes judiciales.
"Así, en el caso de que en el marco institucional administrativo no se justifique –o se lo haga de manera deficiente– el incremento patrimonial, la vía judicial quedará habilitada, por lo que al momento entiendo debe desestimarse la denuncia respecto al mismo por no poderse proceder", explica la representante del ministerio público.
La jueza Barrionuevo hizo lugar a los argumentos de desestimación expuestos por Echazú. Teniendo en cuenta que el ministerio público es el "titular de la vindicta pública, entiendo que no sólo impide la prosecución del proceso cuestiones de tipo, sino de formal instancia de la acción penal, por lo que consecuentemente corresponde hacer lugar a lo solicitado por la señora agente fiscal en cuanto a la desestimación pretendida", sostuvo la jueza. 

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