Personal penitenciario

Gobierno dispuso mejora salarial para el personal penitenciario y del patronato de liberados

20/08/2008
E

l Poder Ejecutivo provincial dispuso otorgar un aumento salarial al personal profesional, técnico y con formación penitenciaria que desempeña sus funciones en el ámbito de la Dirección de Asuntos Penitenciarios y Patronatos de Liberados, que cumpla servicios en contacto directo con las personas condenadas a penas privativas y restrictivas de la libertad, procesados y otros institutos penales.
La mejora consiste en el otorgamiento de una bonificación diferencial según el nivel de capacitación de los agentes, retroactiva al 1 de junio. Para el personal con estudios universitarios con carrera de 5 años o más de duración, el beneficio será equivalente al 90% del total de los conceptos remunerativos de la escala salarial en vigencia. Para el caso del personal con estudios técnicos o universitarios con carreras de menos de 5 años de duración; la bonificación alcanzará el 80% del total de los conceptos remunerativos, en tanto que para aquellos con formación penitenciaria, egresados de los Institutos de Formación Penitenciaria, será del 70% del total de los conceptos remunerativos de la escala salarial. En todos los casos quedan excluidos para el cálculo los ítems que no integran la base de cálculo para los adicionales particulares o generales de cada agente.
Además, se dispuso que a partir del 1 de junio, estos agentes sean incorporados al Sistema del Servicio Social de Urgencia, que fuera implementado en 1992, por lo que también comenzarán a percibir un adicional por guardias.
En el considerando del decreto 1579/08, del pasado 11 de agosto, la medida encuentra sustento "en las especiales características de las funciones que desempeñan" estos agentes, ya que trabajan "en forma directa con las personas condenadas a penas privativas y restrictivas de la libertad, procesados y otros institutos penales, en contacto permanente y directo con situaciones de alto riesgo".
Se agrega que por su "condición de auxiliares de la justicia, asumen responsabilidades no vinculantes respecto a beneficios de las personas privadas de la libertad", y que estas tareas "se llevan a cabo en diferentes ámbitos de detención, o controles en el propio seno familiar, en una población de alto riesgo con distintas patologías infecto contagiosas o conductas violentas".
Se destaca que además resulta "asidua la convocatoria de los mismos en distintos horarios y ámbitos penitenciarios ante cualquier eventualidad respecto de las personas privadas de su libertad".
En el decreto en cuestión, que lleva las firmas de la gobernadora Ríos y del ministro Aramburu, se precisa que el gasto que demande esta determinación será imputado "a las partidas presupuestarias correspondientes, conforme lo ratifique la Legislatura Provincial en los términos de los artículos 14, 26, 28 y concordantes de la Ley Provincial 723 y artículo 105, Inciso 23 de la Constitución Provincial.

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