n la última sesión del Concejo Deliberante de Ushuaia, se sancionaron dos ordenanzas fundamentales para el normal funcionamiento de la ciudad y de los actores públicos que la representan.
Impulsado por el bloque del Partido Federal Fueguino (PFF), se sancionó por 5 votos a dos, el proyecto de ordenanza por el cual "se instruye al Departamento Ejecutivo Municipal para que disponga las acciones conducentes a efectos de que los concejales queden habilitados a tomar vista y solicitar la información escrita que consideren conveniente, de todas las cuentas financieras que dispone el Municipio, en las diferentes entidades bancarias y/o financieras, en el momento que consideren oportuno".
El edil del PFF Luis Cárdenas le manifestó a el diario del Fin del Mundo que "me parece lógico que los concejales, que fuimos votados por los vecinos para que controlemos las cuentas públicas del Municipio, tengamos la suficiente disponibilidad para tomar vistas de cómo se encuentran estas cuentas que están en bancos y que son del Municipio". "Lo que me interesa es que yo como concejal de esta ciudad pueda acceder a la información económica con la que cuenta el Municipio, en cualquiera de las entidades bancarias con las que esté trabajando".
Cabe destacar que el proyecto de ordenanza fue sancionado con 5 votos a favor y 2 en contra (del oficialismo). Ahora es el Ejecutivo Municipal quien, de acuerdo a lo que establece el artículo 128 de la Carta Orgánica, tiene un plazo de 8 días hábiles para vetar parcial o totalmente la ordenanza, la cual vuelve con las observaciones formuladas al Concejo, quien lo reconsidera y lo confirma en votación, por una mayoría de dos tercios (2/3) de los miembros presentes.
Código de Ética
Otro de los aprobados en la 6ta sesión ordinaria del cuerpo legislativo fue el "Código de Ética de la Función Pública", que fue ingresado por el bloque de la Unión Cívica Radical (UCR). El mismo establece "las pautas mínimas a observar y respetar por todo funcionario público, entendiendo como tal a cualquier funcionario o empleado de la Municipalidad de Ushuaia o de sus entidades".
Dicho código cuenta con 23 artículos, ubicados en ocho capítulos, y fija entre otras cosas los deberes de agentes y funcionarios, impedimentos funcionales, declaraciones juradas y sanciones a su violación.
La concejal Adriana Chapperón, una de las impulsoras de la normativa, recordó que el proyecto original se presentó en el primer mandato como concejal del actual intendente Federico Sciurano; en el segundo –ya con Chapperón como compañera de bloque– y en este tercer período que la edil comparte con Omar Coria en la bancada oficialista. "Es decir, después de varios años logramos el consenso suficiente para su aprobación", indicó la concejal, recordando el aporte de una iniciativa similar del concejal Luis Cárdenas.
A u vez la edil lamentó que el tema haya pasado casi desapercibido en esta última sesión ordinaria, debido a las polémicas que se generaron por otros proyectos. "Es una ordenanza importante, que establece pautas éticas para la función pública y da muchas definiciones en ese sentido", indicó, precisando que abarca deberes que van desde la eficiencia hasta conducirse apropiadamente en público. Las sanciones que contempla van desde un sumario hasta un juicio político, detalló.
"Creo que es importante rescatar que éste fue un proyecto que el actual Intendente presentó en su primer gestión –mencionó– luego de la sanción de la Carta Orgánica".
Defensoría del Vecino
Pese a estar reglamentada su creación en el capítulo segundo, artículo 209 de la Carta Orgánica Municipal, la ciudad de Ushuaia no cuenta aún con el Defensor del Vecino.
Debido a la presentación que realizó en la Banca del Vecino en la sesión del miércoles el señor Roberto Carlos Pérez, quien expuso la situación que involucra a la empresa La Anónima SA y a Supercanal, las cuales, a su entender, no respetan las excepciones de leyes vigentes para Tierra del Fuego, produciendo una estafa a los ciudadanos fueguinos y falseando datos con la AFIP, los ediles consideraron que este cargo de Defensoría del Vecino debe implementarse cuanto antes.
Según la Carta Orgánica, la persona designada para este cargo actúa con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su función es defender y proteger los derechos, garantías e intereses, concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad tutelados por la Constitución Nacional, Provincial y la Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones sobre los que recaiga competencia municipal. A su vez indica que para el Defensor del Vecino rige los mismos requisitos, inhabilidades e incompatibilidades que para ser Intendente; dura seis años en la función y puede ser redesignado; aclarando que percibe una remuneración igual a la de un concejal.
A más de seis años de sancionada la Carta Orgánica Municipal, el cargo de Defensor del Vecino está a la espera de ser implementado.
La legalidad de poder revisar las cuentas bancarias del Municipio La ordenanza que habilita a que los concejales puedan acceder a conocer directamente de los bancos el estado de las cuentas del Municipio ha generado una dicotomía en cuanto a la legalidad del asunto. |