Javier Muchnik fue elegido para el Superior Tribunal de Justicia
Consejo de la Magistratura

Javier Muchnik fue elegido para el Superior Tribunal de Justicia

03/07/2009
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os miembros del Consejo de la Magistratura de Tierra del Fuego eligieron ayer en tres rondas eliminatorias, que arrojaron 6 votos a favor y tan sólo 1 en contra, al abogado y juez Javier Darío Muchnik para ocupar el tercer cargo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia. La elección del letrado se realizó entre 8 aspirantes inscriptos, 6 de los cuales fueron entrevistados durante los meses de mayo y junio.
La vacante, que lleva más de 14 meses, se produjo como consecuencia de la renuncia que le fuera aceptada a Mario Arturo Robbio en abril de 2008 y que éste había presentado a finales de 2007.
Profesor universitario, actualmente Juez de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones del Poder Judicial de Tierra del Fuego y con 20 años dentro del mismo, Javier Darío Muchnik fue elegido entre un grupo de profesionales que integraban el penalista y docente universitario en Capital Federal Hernán Gullco, la Juez en 1ra Instancia María Adriana Rapossi el Secretario de Recursos del STJ Jorge Pedro Tenaillón, y los abogados del fuero privado Federico Rauch, Walter Suarez Baéz, Estela Maris Vandoni y María Menéndez. Últimas dos, que fueron eliminadas en la primera ronda junto a Suarez Báez, y que no se presentaron a las diferentes fechas dadas para la realización de sus entrevistas.
En tercera y última ronda el postulante obtuvo el voto positivo del Presidente del Organismo Gonzalo Sagastume, de la representante de los abogados de Ushuaia Teresa Lopardi, de su par de Río Grande José Luis Paños, del Ministro de Gobierno Guillermo Aramburu y de los legisladores del MPF y del FPV Mónica Urquiza y Ricardo Furlan. El único voto negativo registrado, lo efectuó el Fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre, aunque en primera ronda lo había hecho por la positiva. Razón por la cual y en acordada separada, los miembros del organismo de designación y remoción de jueces decidieron elevar el nombre del elegido al Poder Ejecutivo Provincial.
Tras la nominación, el Ministro de Gobierno Guillermo Aramburu dijo que la semana próxima el Poder Ejecutivo hará la convocatoria correspondiente para dar cumplimiento lo establecido en el decreto 723/09 para que la sociedad pueda adherir o rechazar la nominación, antes de firmar el instrumento de designación del nominado.
El decreto en cuestión puso en escena un nuevo elemento que generó el rechazo del resto de los miembros del Consejo, al considerar que el mismo es inconstitucional, dado que la función del Ejecutivo para este caso, es el de designar al candidato Propuesto. Y aunque el pedido de inconstitucionalidad fue elevado al Superior Tribunal, muy posiblemente el proceso que se abrirá por aplicación del 723, cierre antes que se conozca el fallo.

Objetivos políticos del decreto 723/09

1.- Garantizar la independencia en la conformación del STJ.
2.- Realizar una audiencia pública, publicar antecedentes curriculares del postulante, recibir objeciones por escrito y recabar información impositiva para fundar la designación o no del candidato propuesto por el Consejo.
3.-Reglamentar el artículo 135 inciso 6 de la Constitución, creando un sistema complementario que busca dotar de mayor transparencia al sistema en su conjunto.
4.- Disponer el procedimiento de consulta abierta a la ciudadanía, a las organizaciones no gubernamentales, a los colegios y asociaciones profesionales y a las restantes entidades académicas, de derechos humanos o de similar índole.
5.- Publicar los antecedentes del postulante en el Boletín Oficial, en el sitio web oficial del Gobierno y durante tres días en al menos dos diarios provinciales.
6.- Abrir un espacio durante 15 días a partir de la última publicación en el Boletín Oficial, donde se podrán presentar por escrito apreciaciones, observaciones y circunstancias que se estimen de interés.
7.- El Poder Ejecutivo se otorga a sí mismo, un plazo de 15 días desde la presentación final de las observaciones, para disponer de manera fundada sobre la designación o no del candidato propuesto.


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