Otro adelanto, y van…

Nación autorizó 20 millones de anticipo de coparticipación

20/01/2010
El Boletín Oficial permitió conocer que el Gobierno nacional autorizó a fines del año pasado un nuevo anticipo de coparticipación de 20 millones de pesos para Tierra del Fuego.
Desde el Ejecutivo provincial se salió rápidamente a aclarar que "el decreto publicado en el día de hoy habla del expediente S01:0246183/2009, es decir que es un trámite efectuado el año pasado por un anticipo de coparticipación, que la Provincia ya recibió", y que por lo tanto "no se trata de una nueva remisión de fondos", según precisó el secretario de Hacienda de la Provincia, Alejandro Barrozo.
En la gacetilla oficial se indica, sin precisión alguna, que "la Provincia no recibió en los últimos días ningún adelanto de coparticipación". Ello haría suponer que el desembolso se habría hecho efectivo entre el 29 y el 31 de diciembre pasado.
Demás está decir que en la provincia se desconocía que los funcionarios del ministerio de Economía hubieran estado gestionando a fines de 2009 otro anticipo de coparticipación. Si bien el Ejecutivo no precisó el destino dado a esos fondos, extraoficialmente se indicó que fueron afectados al pago de salarios del sector público.
De acuerdo a lo indicado en el decreto nacional 2245/09, "el Gobierno de dicha Provincia se ve imposibilitado en forma transitoria de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de su presupuesto de gastos", y en atención a ello la Presidenta de la Nación considera "que resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesa" Tierra del Fuego.
Como es de práctica en estos casos, la norma determina que el anticipo, con más los intereses que se devenguen sobre saldo desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, "deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante retenciones" que se practicarán automáticamente de la coparticipación federal de impuestos. El plazo de devolución podrá ser ampliado por el Ejecutivo nacional "cuando razones fundadas lo aconsejen", pero sin exceder el ejercicio fiscal en que fue otorgado.

Etiquetas