Legislatura - Régimen de Promoción de Empleo Local

Entre crédito fiscal y reducción impositiva

18/03/2010
L
a necesidad de contar con una ley que promocione la contracción de mano de obra local en la industria, comercio y empresa de servicios fue compartida por parlamentarios del oficialismo, oposición y representantes del Ejecutivo, aunque estos últimos plantearon la conveniencia de reemplazar la reducción impositiva que plantea el proyecto del MPF por un subsidio, por ser ésta una herramienta que resulta de aplicación más directa y fácil control. Esta postura fue rechazada por los parlamentarios, por entender que en la práctica el Estado termina incumpliendo con esa contraprestación.
Por tal razón, desde el Ejecutivo solicitaron tiempo para poder hacerse de los datos técnicos que le permita asegurar que alcances podrían tener los porcentajes con los que se beneficiará a las empresas de servicios, industrias y comercios que se inscriban en el programa y de qué manera repercutirá en las arcas provinciales.
Otra de las alternativas barajadas en la reunión desarrollada el martes fue la de reemplazar la reducción impositiva propuesta por un sistema de crédito fiscal. Es más, se señaló que existe en la materia el antecedente de la provincia de Buenos Aires, en la que se implementó un programa de inserción laboral para jóvenes bajo esa mecánica. En tal sentido se acordó seguir analizando esta última posibilidad.
Entre las especificaciones del proyecto del MPF, figura que la vigencia de la norma será por cuatro años y el beneficio otorgado a cada empresa tendrá un lapso equivalente a un año, renovable automáticamente por períodos iguales hasta cuatro años, previa verificación del cumplimiento de los requisitos.
En cuanto a las condiciones generales, se detalla que las empresas deberán encontrarse radicadas en la provincia, situación que se constatará mediante las inscripciones respectivas en la Dirección General de Rentas de la Provincia y del municipio o comuna correspondiente, y en la Inspección General de Justicia, en el caso que corresponda.
Además se establece que la incorporación de personal a considerar deberá constituir un incremento real de un mínimo del 10 por ciento, respecto de la nómina de personal en relación de dependencia existente en la empresa al día anterior a la entrada en vigencia de la presente norma.
El proyecto contempla que la autoridad de aplicación tendrá amplias facultades para verificar y evaluar el cumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios del régimen, como así también para requerir la intervención y cooperación de las distintas dependencias de la Administración Pública Provincial. Prevé que en caso de verificarse la existencia de maniobras fraudulentas para el acogimiento a los beneficios, además de la pérdida automática de la ayuda podrá aplicarse una multa de 10 al 300% del monto de los tributos deducidos.

Primera sesión postergada

Sin precisar los motivos que dieron lugar a la decisión, el Parlamento resolvió postergar sin fecha determinada la 1ª sesión ordinaria del año, que había sido incialmente convocada para este jueves 18 de marzo.
La petición a Presidencia fue presentada por los legisladores Gabriel Pluis (UCR); Damián Löffler y Roberto Frate (MPF), Ricardo Wilder (FPV) y Fabio Marinello (ARI).

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