Colaboración

Un evento histórico: el Congreso Internacional de Derecho Ambiental y la sobrevivencia de nuestros bosque nativos

13/12/2010
E
scribe: Ing. Oscar Bianciotto (*)

En un análisis parcial dado el importante número de presentaciones realizadas –alrededor de 50 de otros tantos especialistas en su mayoría doctores del Derecho con algunos pocos profesionales de otras especialidades– es importante destacar principios esclarecedores que fortalecen los aspectos fundamentales de la problemática tratada: el Derecho Ambiental, la legislación vigente, la educación en el tema como falencia formativa profesional y los principios rectores de la especialidad.
Desde los fundamentos filosóficos del Derecho Ambiental fueron destacadas las ponencias del Dr. Ricardo Lorenzetti, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desarrollando conceptos como el de los recursos naturales como bienes escasos para atender la demanda mundial, sobre todo con el manejo y sistemas de accesos a los mismos en la actualidad. La sensación generalizada en la gente de que el cambio climático es una realidad que nos afecta y la comunidad científica mundial discutiendo los detalles metodológicos de los sistemas de medición del problema, en tanto que el problema se manifiesta cada día con catástrofes como el desastre de Catrina o los Tsunamis de la India. Rescató el conocimiento empírico que muchas veces se adelanta a las revelaciones de la ciencia. Finalmente puso énfasis en lo más destacado de estas jornadas, la necesidad de Jueces proactivos, comprometidos y firmes en la aplicación de la normativa ambiental, adelantándose a la provocación del daño ambiental generalizado, con decisiones preventivas sobre los potenciales daños. En el convencimiento de que los bienes naturales y culturales de la Nación son Patrimonio de todos los Argentinos y de la Humanidad. Finalmente la función del Juez superador de su función arbitral, influyendo en la formación de las leyes, en la resolución de conflictos e influyendo en la sociedad en su conjunto, manteniendo un prudente respeto de los límites de los distintos poderes del estado.
Por su parte el Dr. Héctor Negri apuntó a la destrucción del ambiente y a la cosificación del prójimo, a partir de dos principios filosóficos: el de Descartes padre del individualismo a ultranza –pienso luego soy– y el de Kant con la incognoscibilidad de las cosas, planteado el desconocimiento del valor del medio natural. Finalmente rescató la necesidad de reconstruir la relación hombre–hombre y hombre–naturaleza, dignificando la persona humana y la naturaleza.
En el ámbito local la responsable del evento Dra. María del Carmen Bataini, destacó la experiencia fueguina a partir de la implementación del sistema de métodos alternativos de resolución de disputas y procesos de facilitación ambiental. El licenciado Nicolás Lucas planteó la necesidad de adherir desde la Provincia a la Ley nacional 26331 de presupuestos mínimos de protección de Bosques Nativos y su importancia para el financiamiento de programas de protección y restauración de los mismos, en la provincia.
En este marco conceptual hoy novedoso, 16 años atrás la primera Legislatura de la entonces recientemente creada Provincia de Tierra del Fuego A.I.A.S., sancionó la Ley Forestal 145 y su complemento la Ley Prov. 202. Fue una ley adelantada a su época ya que planteamos en sus principios filosóficos el concepto de los bosques como Patrimonio Natural de todos los fueguinos y el aprovechamiento de los mismos en el marco del concepto de Desarrollo Sustentable. Clasificamos los bosques mucho antes que la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos; definimos la forma de aprovechamiento mediante permisos y concesiones para PYMES o grandes emprendimientos; definimos la obligatoriedad de la implementación de un plan de manejo; prohibimos la ocupación de tierras forestales, la devastación de bosques, el pastoreo en áreas de regeneración, la quema de pastizales. Previmos un capítulo de fomento de la actividad forestal con apoyos a la reforestación, al incremento de valor agregado a través de la industrialización integral de productos forestales, subsidios y exenciones impositivas, entre otras acciones. Definimos a la Dirección de Bosques como autoridad de aplicación con responsabilidad sobre todos los bosques de la provincia más halla de su situación dominial. Así también la forma de cubrir el cargo de director mediante concurso.
Y claros conceptos sobre el aprovechamiento forestal de los mismos, respetando los servicios ambientales que el bosque presta – protección de cuencas, valor paisajístico para la actividad turística y el disfrute de los fueguinos amantes de la naturaleza – entre otros aspectos. A partir de la Ley 55 de Medio Ambiente, se legisló sobre cuestiones hoy poco controladas: los derrames de combustible en las intervenciones forestales, la destrucción o cortes de chorrillos y ríos, los residuos de la actividad forestal y la destrucción de turbales entre bosques.
Finalmente podemos afirmar que la Ley forestal solo a sido aplicada parcialmente; quedan aspectos pendientes, como la destrucción de bosques urbano en Ushuaia y Tolhuin, a pesar de los conceptos claros de la ley que determinan que es La Dirección de Bosques quien debe autorizar la transformación de bosques en urbanizaciones o infraestructura y con la obligatoriedad de la Evaluación de Impacto Ambiental previa. Ni los gobiernos municipales y pocos Jueces comprenden estos aspectos de la Ley avanzando sobre los bosques con incumplimientos flagrantes de la normativa vigente, que tiene correlatos similares de protección de bosques en la Carta Urbana Municipal de Ushuaia y en el Código de Edificación.
Queda pendiente también el alambrado de bosques aprovechados para evitar el ramoneo por parte del ganado y la fauna, para garantizar su recuperación; la remediación de bosques quemados o degradados, aún de aquellos que rodean a la ciudad de Ushuaia, visitada por alrededor de 180.000 turistas al año y que vienen a admirar los últimos Nothofagus a nivel del mar como una originalidad mundial.
Nunca como ahora son relevantes los conceptos del Dr. Ricardo Lorenzetti animando a la Justicia provincial a ser proactiva y relevante en la defensa del Patrimonio Natural. Marcando rumbos en la escasa virtud en el respeto por la legislación ambiental por parte de funcionarios de otros poderes del Estado. Los Hijos de quienes tenemos responsabilidades hoy, esperan una respuesta adecuada que les permita disfrutar también de los bienes naturales y culturales que debieran heredar, en condiciones de ser disfrutados por ellos.

(*) Oscar Bianciotto fue investigador del CADIC, Legislador Provincial (MC) y actualmente es Delegado Rectoral Zonal de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco en Tierra del Fuego.