Condenado post mortem
Polémico fallo contra José Martínez

Condenado post mortem

13/05/2012
E
l Superior Tribunal de Justicia de la Provincia confirmó una condena civil contra el ex senador nacional José Carlos Martínez, fallecido en 2011, por haber criticado hace diez años al Fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre.
De esta forma, el resarcimiento económico que establece el fallo, y que con intereses podría superar los 50 mil pesos, deberá ser asumido por los herederos de Martínez, su esposa y cuatro hijos, ajenos por completo al asunto sometido a juicio.
La sentencia suscripta en las últimas horas por los jueces Gonzalo Sagastume y Javier Muchnik vuelve a poner en jaque el derecho a la libertad de expresión en la provincia, ya que restringe la facultad de crítica a funcionarios públicos por temas relacionados con el ejercicio de su cargo, contradiciendo así la mayoría de la jurisprudencia nacional e internacional sobre el tema.
En otra causa iniciada por el propio Martínez de Sucre, la jueza Civil Adriana Rapossi también condenó este año a la ONG Participación Ciudadana, con argumentos y por hechos similares.
El ex senador Martínez, quien murió el 7 de julio del año pasado durante un accidente automovilístico en la ruta 3, había hecho referencia a “un pacto de impunidad”, en el contexto de un pedido de juicio político que presentó contra el Fiscal de Estado hace una década. También lo criticó por “no haber actuado legalmente”, y por haber sido “cómplice” de “los grandes intereses corporativos, políticos y económicos que vaciaron la provincia”, entre otras declaraciones de igual tenor.
La Legislatura rechazó el pedido de juicio político, y Martínez de Sucre inició una causa por “daños y perjuicio” ante la Justicia Civil.

No importa si es verdad

La jueza Rapossi condenó por primera vez a Martínez el 29 de agosto de 2008. Igual que en la causa de Participación Ciudadana, la magistrada consideró lesionado el “honor” del demandante por las críticas del entonces legislador provincial.
Un dato curioso es que Rapossi no evaluó la verdad o la falsedad de los dichos de Martínez, simplemente consideró que el tenor de las palabras causaba un daño “per sé”.
La Cámara de Apelaciones convalidó luego la sentencia de primera instancia, y con ello el argumento de que las declaraciones del senador fallecido forman parte de la categoría de opiniones “inútilmente vejatorias”.
El caso llegó luego al Superior Tribunal de Justicia, donde dos de sus tres integrantes (María del Carmen Battaini se encontraba ausente) resolvieron rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de los herederos de Martínez.
La casación es una instancia limitada del proceso. Los jueces pueden revisar las actuaciones anteriores pero sólo circunscribiéndose a cuestiones de arbitraria aplicación del derecho, explican siempre fuentes judiciales.
Aún así, el jefe de Fiscales, Oscar Fappiano, había emitido hace un año un lapidario dictamen a favor de hacer lugar a la petición de la defensa del ex senador (ver recuadro aparte).
Con el actual pronunciamiento judicial, se puede considerar que el fallo se encuentra firme en la provincia. Los herederos de Martínez podrían acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal (o un recurso de queja) pero mientras tanto, el Fiscal de Estado estaría habilitado para iniciar la ejecución de la sentencia, y por lo tanto el pago del monto indemnizatorio, indicaron fuentes cercanas a la causa.

Lapidario dictamen del Jefe de Fiscales:

“Una restricción a la libertad de expresión”

Al revés de lo resuelto por los jueces del Superior Tribunal de Justicia, el jefe de Fiscales Oscar Fappiano emitió un dictamen lapidario a favor de la libertad de expresión del fallecido ex senador José Martínez en la causa iniciada por el fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre.
Allí escribió que la condena contra el ex legislador nacional “constituye una restricción a la libertad de expresión carente de proporción, y por lo tanto violatoria de ese derecho reconocido por la normativa nacional e internacional vigente”.
Según Fappiano, cuando Martínez criticó hace diez años al titular del organismo de control, lo hizo sobre temas de interés público, y en ese contexto deben tolerarse “no sólo las expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población”.
El jefe de Fiscales advierte que en estos casos debe comprobarse una “intención de afectar el honor”, es decir “un ánimo claro y manifiesto de lesionar el patrimonio moral de otra persona, hecho con malicia calificada por un ánimo vejatorio (…) distintos a los permitidos ánimos de criticar”.
También señala que las personalidades públicas “tienen un mayor acceso a los medios periodísticos para replicar falsas imputaciones” además de “un mayor riesgo de sufrir perjuicio por noticias difamatorias”.
“Ninguno de los calificativos (con los que José Martínez se refirió a Martínez de Sucre) se refiere a la vida privada del actor sino a su actuación como Fiscal de Estado. Todas las expresiones se refieren a asunto de evidente interés público. Esta circunstancia debió ser tomada en cuenta a la hora de estimar el daño”, indica el pronunciamiento del titular del Ministerio Público.
Y agrega que como el pedido de juicio político contra el integrante del organismo de control fue rechazado por los legisladores, las declaraciones de Martínez “no hicieron mella en la reputación profesional que se tiene del actor en los sectores de la opinión pública especializada o no general. Desconociéndose cuál ha sido el impacto en esta última”.
Por lo tanto, Fappiano concluye que las condenas contra el ex senador en primera y segunda instancia no han valorado la incidencia que tiene la nueva regulación de los delitos contra el honor, así como “la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y los estándares en materia de libertad de expresión elaborados en el ámbito interamericano”.


La familia del ex senador

Ni siquiera la pensión

Aunque es un hecho que la muerte no mejora a las personas, en el caso del ex senador nacional José Martínez es fácilmente comprobable que su extenso paso por la actividad política (fue director del IPAUSS, legislador provincial y senador) no derivaron en un incremento notable de su patrimonio económico.
Su familia directa compuesta por su esposa, Verónica Scardino, una hija menor de edad y otros tres hijos mayores de la pareja, viven en su casa de Río Grande, otorgada por el IPV y luego ampliada.
Con el fallecimiento de Martínez, la situación económica del grupo familiar se volvió de lo más ajustada. De hecho, Scardino tramitó durante varios meses la pensión que le corresponde ante el IPAUSS, la que recién le fue otorgada hace pocos días después de una serie de dilaciones y a la que nunca llegó a cobrar hasta el momento.
En ese contexto, la familia tendrá que hacer frente al pago de un juicio que en nada los tuvo como protagonistas y que con los intereses de diez años (la sentencia original fue de 20 mil pesos) podría suponer un desembolso de cerca de 50 mil pesos.

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