Ante la falta de un marco normativo para la habilitación comercial

Impulsan regulación de la actividad de tatuadores en Ushuaia

01/08/2012
E
l Cuerpo de concejales de Ushuaia se encuentra analizando un proyecto de ordenanza impulsado por el edil Silvio Bocchicchio, para la regulación de la actividad de tatuadores y colocadores de piercings en la ciudad.
El asunto tendrá tratamiento hoy a partir de las 15 en la sede del Concejo Deliberante, en un nuevo encuentro de la Comisión de Calidad de Vida y Turismo, con la presencia de la Secretaría de Gobierno del Ejecutivo Municipal y referentes locales de la actividad.
La iniciativa está referida al marco normativo para la habilitación comercial y sanitaria de los locales destinados a la práctica de tatuajes y perforaciones, y la discusión al respecto se centra en la necesidad de dar intervención al Estado a modo de garante de las condiciones en las cuales se realizan, para proteger al cliente y permitir a quienes llevan adelante la actividad que se desempeñen en un marco legal, dado el crecimiento de dichas prácticas en la ciudad que ha llevado a Ushuaia a ser elegida como sede para el encuentro “Semana del Tatuaje”, realizado del 23 al 26 de abril de este año, convocando a gran cantidad de tatuadores locales y nacionales.
El proyecto plantea en primer lugar la derogación de la ordenanza municipal Nº 3051, ya que aunque la misma fija un estándar de higiene para los locales en que se realiza esta práctica, se han evidenciado dificultades estructurales que imposibilitan su cumplimiento, especialmente en el Artículo 2º de la norma, que requiere como condición para la habilitación, que la Subsecretaría de Salud de la Provincia realice un informe previo del local, y ya que el área sólo puede fiscalizar aquellas prácticas contenidas en el Régimen legal del Ejercicio de la Medicina y la actividad de tatuadores y colocadores de piercings no está contenida en el mismo, la autoridad de Salud no cuenta con pautas reglamentarias para la habilitación.
A partir de ello, la iniciativa reemplazaría el marco normativo vigente, fijando la autoridad de aplicación en la Dirección de Habilitaciones Comerciales, dependiente de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Ushuaia, la que no obliga sino que permite solicitar el acompañamiento del área de Salud para supervisar el aspecto sanitario de los locales, pero sin que su intervención sea una condición necesaria para otorgar la habilitación comercial.
En ese sentido, el proyecto de ordenanza en análisis incorpora el rubro de realización de tatuajes y perforaciones sobre la piel, debiendo cumplir con ciertos requisitos fundamentales; entre los cuales se incluye la prohibición del funcionamiento de los locales en viviendas particulares o anexos de otros comercios, la obligatoriedad de poseer servicio higiénico accesible para el cliente y el tatuador, en condiciones adecuadas y aireación; exhibir en un lugar visible letreros con información clara acerca de las formas de transmisión y prevención del HIV y la Hepatitis B y C, además de advertencias sobre los alcances del tatuaje sobre la piel, siendo una marca casi definitiva, y llevar un Libro del Establecimiento en que constarán los datos del cliente y el Consentimiento informado sobre la práctica que se le realizará.
Por su parte, el tatuador deberá contar con libreta sanitaria expedida por el Ejecutivo Municipal, el Calendario oficial de vacunación al día y un certificado de capacitación higiénico–sanitaria, específicamente orientado al rubro, con contenidos mínimos sobre morfología y fisiología básica de la piel, higiene y seguridad personal y para el cliente; primeros auxilios y otros aspectos.
De aprobarse el proyecto de ordenanza, quedará prohibido tatuar o perforar sobre piel que no esté sana, a personas alcoholizadas o bajo el efecto de sustancias tóxicas; realizar las prácticas en la vía pública, ingerir alcohol o fumar durante la actividad, y tatuar o perforar a incapaces o menores de 18 años de edad, salvo que se presenten en el local comercial acompañados de sus padres o tutores legales, que deberán dejar constancia escrita de la autorización de la práctica sobre el menor.
Para la higiene y esterilización de los materiales y el espacio físico en que se realiza la actividad, las agujas deberán ser descartables, y en los casos de elementos reutilizables, los mismos serán sometidos a la esterilización por el método de estufa de calor seco. Los únicos pigmentos aplicados deben ser los autorizados por el Ministerio de Salud de la Nación, y las joyas u objetos a ser colocados por el perforador, deberán ser de material hipoalergénico, mientras que al finalizar la práctica, se deberá descontaminar, higienizar y desinfectar todos los elementos y espacios utilizados.
Finalmente, la normativa impulsada del el Cuerpo deliberativo de la ciudad de Ushuaia prevé un régimen de sanciones ante el incumplimiento de lo establecido para la habilitación del rubro de tatuadores y colocadores de piercings, que incluye multas de 100 a 500 U.F.A (Unidad Fija a Aplicar), y por faltas que pongan en riesgo la salud de las personas, impone multas de 1200 a 3000 U.F.A, además de la posible suspensión de actividades y clausura del establecimiento.
Durante la última reunión de la Comisión de Calidad de Vida y Turismo, los concejales debatieron sobre el asunto con un tatuador local, que manifestó su preocupación en torno a la imposibilidad de contar con la habilitación comercial pertinente, y el interés de los referentes del rubro de regularizar su situación cumplimentando todos los requisitos que se soliciten.
En ese marco, los ediles fijaron avanzaron hoy en el análisis del proyecto de ordenanza, con representantes de la Secretaría de Gobierno del Municipio, y se prevé su tratamiento durante la próxima sesión ordinaria del Concejo Deliberante fijada para el 8 de agosto. Según informaron desde la Presidencia de la Institución, “la intención es brindar un marco normativo a esta actividad, para dar garantías a los vecinos sobre las condiciones de higiene y seguridad, y a los propios tatuadores que realizan estas prácticas como una fuente laboral”.

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