Tras la consulta de EDFM, el titular de la DPE analiza modificar la tasa que se aplica

Energía cobra el 10 % de multa por un día de demora a los grandes usuarios

15/10/2012
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a Dirección Provincial de Energía les cobra a los grandes consumidores que se demoran en pagar la electricidad un día, después de la fecha de primer vencimiento, el 10 por ciento del valor de la factura. Y pasados los 5 días, una vez y media más de la tasa de plazo fijo que posee el Banco Provincia Tierra del Fuego, que ronda el 9,5 por ciento anual. Así lo indicó el presidente del organismo estatal, Juan Carlos Saldivia, cuando fue consultado por EDFM después que el medio le trasladara una serie de quejas de empresarios de la ciudad, quienes consideraran excesiva esta penalidad por mora. El titular del organismo indicó que la medida no es nueva y que se viene implementando desde el año 2008.
De acuerdo a la información oficial recabada, se pudo conocer que la llamativa tasa de interés se implementó “a partir de haberse registrado moras excesivas en los grande consumidores”, pero que no es privativa de la ciudad de Ushuaia, sino que similar medida también tomó la Cooperativa Eléctrica de Río Grande, dado que en la ciudad norte de la provincia se registraba una problemática similar.
El Presidente de la DPE explicó que este nivel de tasas por mora es exclusivo para grandes consumidores y que no afecta al residencial, como tampoco a pequeñas industrias o comercios. Para estos últimos casos, la tasa por mora es la que fija el BTF, y que corresponde al 9,5 por ciento anual.
La tasa por mora que la Dirección de Energía viene aplicando desde hace algo más de 4 años parece no estar encuadrada en las pautas que fija la Ley de Defensa del Consumidor, 24240/93 y sus modificatorias bajo números 24568/95, 24787/97, 24999/98 y 26361/09.
De todas las reformas que se han realizado a la Ley Defensa del Consumidor (LDC) desde su sanción en el año 1993, a la instrumentada en 2009 por ley 26.361, esta última es la que exhibe las modificaciones más sustanciales a dicho cuerpo normativo; ya que el nuevo régimen refuerza el control sobre las empresas e incrementa la densidad de protección de los consumidores y usuarios.
En el artículo 12 de la 26.391 (que sustituye el texto del artículo 31 de la Ley Nº 24.240), sobre el tema se indica que “la tasa de interés por mora en facturas de servicios públicos no podrá exceder en más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) la tasa pasiva para depósitos a TREINTA (30) días del Banco de la Nación Argentina, correspondiente al último día del mes anterior a la efectivización del pago”, por lo que desde esa perspectiva parecería un exceso el porcentaje que aplica la DPE en concepto de tasa por mora a los grandes consumidores.
La Ley de Defensa del Consumidor, por haber sido sancionada y modificada por el Congreso de la Nación, es una ley nacional, cuya aplicación se encuentra a cargo de la Secretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Economía y Producción. Esto implica que en el orden nacional la norma ya es operativa y tiene aplicación en Tierra del Fuego, más aún cuando nuestra provincia adhirió a la misma a través de la ley 271 del año 1996, existiendo decreto que lo reglamenta bajo el número 1391/00.

“No responde a ningún parámetro establecido por Ley”

El pasado jueves, EDFM consultó a funcionarios de la Oficina de Defensa al Consumidor quienes indicaron que ese valor “no responde a ningún parámetro establecido por ley”, ratificaron la vigencia del artículo 12 de la 26.391 respecto a que la tasa de interés por mora en facturas de servicios públicos no podrá exceder en más del 50 por ciento la tasa pasiva para depósitos a 30 días del Banco de la Nación Argentina e indicaron que cualquier mora en la que incurriere la DPE en materia de servicios con sus usuarios, “deberá afrontar igual tasa a la que está aplicando”.
De todas maneras, los técnicos del organismo solicitaron a los usuarios del servicio eléctrico, efectuar la exposición pública en sus oficinas de Fitz Roy 164, Ushuaia, para poder atender esta situación expuesta por este medio de prensa.