Se había anunciado luego de la sanción de la ley en la Legislatura

El Ejecutivo provincial vetó el arancelamiento en los hospitales

13/01/2013
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al lo había anunciado el Ministro de Salud, el Poder Ejecutivo vetó totalmente el proyecto de ley de arancelamiento hospitalario que había sancionado la Legislatura durante la sesión especial realizada el 19 de diciembre de 2012.
El mensaje comunicando esa decisión ingresó al Parlamento el pasado viernes, de manera conjunta con aquél que también informa sobre el veto al proyecto de regulación para la captura de centolla y centollón en aguas del Canal Beagle, en la zona comprendida entre el límite oeste con la República de Chile y Punta Final al este.
Al día siguiente de que la Legislatura aprobara por 9 votos a favor y 6 en contra (3 del FPV, 2 del PSP y 1 del PP) el proyecto que buscaba reimplantar el sistema de cobro directo de un arancel a las personas que recibieran atención médica en los centros de salud estatales, el Ministro del área había señalado a EDFM que “el cobro directo vulnera el derecho constitucional a la atención sanitaria, ocasionado riesgos concretos a la salud de la población y los supuestos beneficios a obtener mediante el mismo son magros”, y adelantado el contenido de un documento elaborado desde la cartera a su cargo, en el que se indicaba que el proyecto en cuestión resultaba contrario a las políticas de financiamiento de salud recomendadas por la Organización Mundial de la Salud.
Como contrapartida, tanto desde las asociaciones que nuclean a los profesionales médicos de los hospitales de Río Grande y Ushuaia como desde el gremio de la sanidad se defendió la norma aprobada por el Parlamento, por entender que resultaba una herramienta válida para financiar, aunque mínimamente, las necesidades cotidianas de los centros de salud.
El proyecto ahora vetado estipulaba que los hospitales y centros de atención primaria cobrarían un monto de 10 pesos por consulta, quedando exceptuadas de esa imposición “las personas que no cuenten con ningún tipo de cobertura de obras sociales, mutuales, empresas de medicina prepaga o de otras entidades similares, ni recursos económicos suficientes para afrontar el arancel o costo de las prestaciones, incluidas evacuaciones y derivaciones médicas”.

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