Multa al SUTEF: sentencia judicial obliga al pago

02/05/2013
E
l juez Alejandro Fernández dictaminó que el sindicato docente deberá hacer frente a la sanción impuesta por el Ministerio de Trabajo en el año 2010, por no haber acatado la conciliación obligatoria dispuesta por esa cartera en el marco del conflicto suscitado en el inicio del ciclo lectivo por un reclamo salarial.
En este sentido, el Subsecretario de Trabajo, Mauricio Neubauer, manifestó en dialogo con el programa Asamblea General, de Radio Provincia, que “puntualmente se tiene por acreditado el incumplimiento de una resolución de conciliación obligatoria en el marco del poder de policía que hoy tiene el Ministerio de Trabajo” y agregó que “el hecho sucedió y no existe ningún tipo de excusación legal que haga que el sindicato pueda desconocer una resolución ministerial”.
En este contexto, el funcionario destacó que “el juez manifiesta que cualquiera de las explicaciones que el gremio haya querido dar a lo largo del procedimiento administrativo y el judicial, no se encuentra normado en la ley” y señaló que “hay que recordar que en el marco del conflicto el Ministerio de saco cuatro resoluciones intimando a la entidad sindical a acatar la conciliación obligatoria y frente a este desconocimiento la doctora Noemí Rial, Vice ministro de Trabajo de Nación firmó la resolución Nº 297/2010 en la que también intima al gremio a levantar la medida de acción directa”.
Asimismo, Neubauer resaltó que el juez ponderó que en la sanción no se contempló la posibilidad económica del SUTEF para abonar la multa impuesta, por lo que “ahora solicitamos al secretario de Haberes de la provincia que se nos informe los montos que ingresaron al gremio por cuota sindical desde la fecha de la multa, porque es una de las variables que la justicia nos plantea como elemento esencial para analizar cual es la multa a aplicar”.
En tanto, consideró que si bien desde el gremio anunciaron una posible apelación en la Cámara de Casación, “la sentencia desmenuzó artículo por artículo la ley y la casación es un recurso extraordinario que solo tiene como fin anular una sentencia por una mala o incorrecta interpretación de la ley y creo que no es este el caso” evaluando que “SUTEF no puede decir que acató la conciliación y eso es lo que se sancionó. El incumplimiento al levantamiento de la medida de fuerza”.
Finalmente, Neubauer indicó que “no es grato para nosotros la aplicación de la multa de este tipo, lo que sí es grato es entender que con la sentencia se ha determinado el reconocimiento de un estado de derecho y que las medidas pueden ser legitimas, pero la legalidad debe estar acompañada de dicha legitimidad y el diálogo debe primar ante cualquier situación de conflicto”.

Etiquetas