Volverán a juzgar a los acusados de un crimen cometido en 2009

Caso Prada: el Tribunal Oral quedó habilitado para fijar la fecha del segundo juicio

15/05/2013
E
l Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia quedó habilitado para realizar un nuevo juicio a los tres sospechosos que habían sido absueltos por su presunta participación en el crimen de Claudio Prada, ocurrido en junio de 2009, y que todavía se encuentra impune.
La situación obedece a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desestimó un recurso de queja presentado por los abogados defensores de los acusados, en donde se cuestionaba la decisión del Superior Tribunal fueguino de anular el primer juicio del caso realizado en 2010.
De esta forma, al haber quedado firme el fallo de anulación del proceso oral anterior, el tribunal de enjuiciamiento tiene que cumplir ahora con esa sentencia y disponer la realización de una nueva audiencia, indicaron fuentes judiciales.
Prada fue ultimado en su domicilio del barrio Río Pipo, el 19 de junio de 2009. Lo golpearon y le dispararon en la cabeza por un supuesto ajuste de cuentas.
El Tribunal Oral juzgó por el caso a Gustavo Ariel Farías, Héctor Omar Caraffa (ambos oriundos de la provincia de Santa Fe) Gustavo Adrián Zapata y Ángel Alberto Avanzato. Un quinto sospechoso, Maximiliano Oscar Farías, fue declarado prófugo.
En un fallo polémico, debido a las evidencias que ligaban a los imputados con el homicidio, los jueces absolvieron a los cuatro procesados por el beneficio de la duda.
Luego la fiscal Karina Echazú recurrió la sentencia en casación ante el Superior Tribunal, respecto de Farías, Caraffa y Zapata, ya que sobre Avanzato había requerido también su absolución en el juicio.
El 25 de octubre de 2011, el STJ hizo lugar al planteo fiscal que también contó con el acompañamiento de la parte querellante (ejercida por el abogado Cristian Prada, hermano de Claudio) anuló el primer juicio y dispuso la realización de otro proceso distinto, al detectar vicios de arbitrariedad en la valoración de las pruebas realizada por el tribunal.
Sin embargo, el pronunciamiento del Superior Tribunal, suscrito por los jueces Gonzalo Sagastume, María del Carmen Battaini y el camarista Francisco De la Torre, fue recurrido ante la Corte Suprema Nacional, órgano que finalmente rechazó la queja el pasado 5 de marzo, dejando firme la orden de un nuevo enjuiciamiento.
En el medio, el Tribunal Oral había paralizado el expediente, entendiendo que debía esperarse el fallo de la Corte Suprema, medida que había sido recurrida también por la Fiscalía y que devino abstracta al conocerse primero el rechazo del máximo tribunal del país.
En definitiva, los tres imputados del crimen de Prada volverán a sentarse en el banquillo de los acusados ni bien el tribunal que ya los juzgó establezca una nueva fecha de juicio. Presumiblemente, en esa oportunidad el órgano judicial presentará una conformación distinta, con la participación de jueces subrogantes.

Hora clave

La clave que determinó la anulación del primer juzgamiento fue una nueva interpretación sobre el horario de muerte de la víctima. Según el Tribunal Oral, el fallecimiento se produjo después de las 18 del viernes 19 de junio de 2009. Y en esa fecha y hora, los acusados se encontraban ya en Río Grande, donde poco después abordaron un avión a Buenos Aires.
La Fiscalía y la querella sostienen, en cambio, que Prada murió antes de las 7 de la mañana de ese viernes, lo que ubica a los sospechosos en Ushuaia, donde se produjo el crimen.
La controversia fue alimentada por el grado de imprecisión que arrojó el informe de autopsia, realizado por el perito Carlos Alegre Gervasoni. Después de una serie de cavilaciones, Gervasoni ubicó el horario de la muerte entre las 9.45 del 15 de junio y las 9.45 del 21 de junio (o sea en un período de seis días).
Luego de evaluar testimonios y otros indicios debatidos durante el juicio, el Superior Tribunal concluyó que la víctima “fue sorprendida por sus atacantes cuando ingresó a la vivienda aquella mañana” (del viernes 19).
“La decisión de tener por probado que el homicidio de Claudio Prada se produjo con posterioridad a las 18 horas del día viernes 19 de junio de 2009 no se autosustenta frente a otros extremos tenidos por probados, y la justificación ensayada en la sentencia en crisis carece de fundamento bastante. Las razones brindadas por el Tribunal resultan insuficientes, toda vez que para arribar a esa conclusión, realizó una valoración parcializada de la prueba que tuvo en cuenta, y omitió ponderar otros elementos válidamente incorporados al proceso”, aseguró el fallo de la Corte fueguina.
Conocido este pronunciamiento, el abogado Cristian Prada había dicho que “estamos un paso más cerca de hacer justicia”.
“Lo han resuelto con mucho criterio, han trabajado bien y mucho y pudieron comprender lo que le llevamos, esto es, que han sido arbitrarios los jueces del tribunal oral al valorar las pruebas y omitirlas”, afirmó en aquel momento el hermano de la víctima.

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