Expropiación de tierras en la Margen Sur

Confusa desafectación de parcelas en Río Grande

02/10/2013
E
n lo que parece ser parte de un proceso de revisión, por cierto un tanto confuso, de los alcances de la ley que declaró de interés público y sujetas a expropiación 90 parcelas ubicadas en los macizos 63 a 69 de la Margen Sur de Río Grande, la Gobernadora resolvió desafectar del proceso expropiatorio otras dos parcelas ubicadas en la Margen Sur de Río Grande.
Mediante el dictado del decreto 2224, del lunes 23 de septiembre, la mandataria dejó por fuera de los alcances de la ley 848 a las parcelas 12,13 y 17 del Macizo 63; 13,14 y 22 del Macizo 64; 22 del Macizo 65 y a la parcela 1 del Macizo 68.
Este último decreto parecería presentar algunos errores de redacción, ya que únicamente justifica la “innecesaria declaración de utilidad pública” respecto de la parcela 1 del Macizo 68, al indicar que “ha constatado que la misma se encuentra desocupada, razón por la que el fin de la ley no se cumpliría con la expropiación de dicho lote”. Pero, además, incluye las parcelas 12,13 y 17 del Macizo 63; 13,14 y 22 del Macizo 64; 22 del Macizo 65 que ya habían sido objeto de desafectación mediante el dictado de los decretos 2142 a 2147 del pasado viernes 13 de septiembre, deja fuera a la parcela 7 del macizo 63 y a la 19 del macizo 64 que estaban contempladas en los decretos 2142 y 2444 y suma a la parcela 17 del macizo 63.
De esta manera contabilizando todos los lotes mencionados en los 7 decretos referidos serían 10 las parcelas que la administración Ríos excluyó del proceso expropiatorio, lo que representa un 11% del total de predios previstos en la ley.
Vale recordar que en el marco de la expropiación prevista en la ley 848 la Provincia enfrenta dos procesos judiciales. En unos de ellos se reclama un resarcimiento económico de 12,3 millones de pesos por daño emergente, moral y lucro cesante, y en el otro 12,6 millones de pesos por incumplimiento de un convenio de avenimiento.

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